sábado, abril 27, 2024
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Incentivos para censistas

Luis Alberto Callapino López

A poco del 23 de marzo, jornada en la que se desarrollará el “Censo de Población y Vivienda 2024” en todo el territorio nacional, el Ministerio de Educación a través de los viceministros de los Subsistemas Regular (Manuel Eudal Tejerina), Alternativa y Especial (Viviana Mamani) y Superior de Formación Profesional (José Luis Gutiérrez) emitieron el 14 del presente mes, el Instructivo IT/VER Nº 0011/2024, a fin del cumplimiento taxativo del Decreto Supremo 4.760 y la atención a la solicitud del Instituto Nacional de Estadística (INE) de suspensión de actividades educativas (clases) previo y posterior al empadronamiento.
Según el DS 4.760, se declara al “Censo de Población y Vivienda 2024” como prioridad nacional; en tal virtud, el Ministerio de Educación dispuso oficialmente que el 22 de marzo se suspenden las clases en todas las Unidades Educativas del país, y el 25 del mismo mes, exclusivamente en los contextos educativos rurales.
Ante tales antecedentes, es imperante resaltar sobre el Reglamento para la otorgación de incentivos a estudiantes, maestros, directivos, docentes y personal administrativo por su participación como voluntarios censistas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0148/2024, el 27 de febrero de 2024, que tiene por objeto regular el procedimiento de referida normativa.
En el caso particular del Subsistema de Educación Regular, los estudiantes censistas (edad mínima 16 años) de 4to., 5to., y 6to. de Secundaria de Unidades Educativas fiscales, privadas y de convenio que cumplan su labor censal, se beneficiarán con 30 puntos, mismos que podrán ser dispuestos hasta en tres materias en el segundo y/o tercer trimestre de la presente gestión.
En caso de los maestros y administrativos censistas con Registro Docente Administrativo (RDA) que cumplan con el operativo censal, serán acreedores de un año de servicio solamente para ascenso de categoría y dos puntos para cualquier proceso de calificación de méritos. Cabe aclarar que quienes ya participaron en censos anteriores quedan exentos del último incentivo.
Referente al procedimiento para la efectivización del incentivo, procederá una vez que los maestros, administrativos y estudiantes cuenten con el certificado de participación emitido por el INE.
Por ejemplo, en el caso de los estudiantes, el INE remitirá al Ministerio de Educación la base de datos correspondiente, a su vez serán incorporados al Sistema de Administración de Información Académica para Unidades Educativas. Posteriormente, la o el estudiante presentará a la o el director el certificado de participación y el Formulario de Registro de Beneficio, en el cual se asignan los 30 puntos en las tres áreas que fueron elegidas voluntariamente.
Contrastados los datos de la o el estudiante con el listado de participantes remitido por el INE; la o el director en coordinación con los maestros de las materias identificadas, asignará los puntos 30 puntos en las áreas que fueron elegidas correspondiente al segundo y/o tercer trimestre del presente año escolar.
Con respecto a los maestros y administrativos, el incentivo del año de servicio computable solamente para examen de ascenso, serán efectivizados en la Unidad de Asuntos Administrativos, sección de trámites de RDA y Escalafón de las Direcciones Departamentales de Educación.

El autor es Magíster en Políticas de Formación Docente.

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