lunes, abril 29, 2024
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Derechos Reales inaugura registro único digitalizado

Con la promulgación del Decreto Supremo 5143, que tiene por objeto reglamentar la Ley de 15 de noviembre de 1887 de Inscripción de Derechos Reales, concordado con las disposiciones del Código Civil y otras disposiciones legales, fue creado el registro único digitalizado de Derechos Reales.

La implementación del Sistema Único de Derechos Reales es descrita como un “sistema informático que centraliza e integra en una base de datos única todos los registros públicos de derechos reales a nivel nacional y contempla información que permite identificar de forma única a las propiedades.”

El decreto establece que el Sistema Único de Derechos Reales “debe interoperar con sistemas de otras entidades públicas a fin de simplificar y optimizar sus servicios, procedimientos y trámites”,

El registro será implementado, a través de un archivo digital de la documentación que contendrá los documentos obtenidos por interoperabilidad que “serán resguardados en medios digitales seguros y confiables”.

En la nueva norma se dicta que el Consejo de la Magistratura en el plazo de sesenta días calendario contados a partir de la publicación del Decreto Supremo, procederá al lanzamiento del Programa Nacional de Regularización del Derecho Propietario de Bienes Inmuebles del Estado, a este efecto, se procederá a la emisión de un acuerdo que regule los requisitos básicos para la inscripción directa del patrimonio inmueble del Estado, de las Unidades Territoriales Autónomas y las Universidades del Sistema Universitario Nacional.

Este trámite se realizará de forma excepcional y por una sola vez, otorgando matrículas y folios reales únicos con codificación especial. El Registro de Derechos Reales está a cargo del Consejo de la Magistratura del Órgano Judicial.

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