viernes, abril 26, 2024
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TCP debe explicar sentencia que restituye en sus cargos a jueces

El diputado de la Bancada de Creemos, Oscar Michel, solicitó al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), mediante Petición de Informe Escrito, explicar a detalle el porqué después de dos años notificó al Consejo de la Magistratura con la sentencia que ordena restituir en sus cargos a jueces que liberaron a feminicidas y violadores.
En julio de este año, el TCP notificó al Consejo de la Magistratura con la sentencia que ordena la restitución de jueces que liberaron a feminicidas como el caso del exjuez Rafael Alcón, destituido por liberar a Richard Choque Flores, calificado como asesino serial.
El diputado Michel también pide al TCP explicar a detalle esta sentencia, pues considera que representa un retroceso en el trabajo que realiza el Consejo de la Magistratura, debido a que este fallo dispone que los jueces que fueron destituidos en sus cargos, que no se acogieron a un proceso de institucionalización en la carrera judicial, pueden solicitar su reincorporación y restitución de sus funciones laborales dentro del Órgano Judicial.
En criterio de Michel, esta sentencia llegaría a ser incongruente y contradictoria, además va en contra de las determinaciones que asumió la Comisión de Revisión de Casos de Feminicidio y Violadores, que tenía la misión de investigar e identificar a las autoridades judiciales que otorgaron libertad a acusados de estos delitos.
Para el legislador, la sentencia “abre el camino como antecedente para crear una armadura a los jueces corruptos que fueron destituidos del cargo”. En ese sentido, Michel solicita al TCP explique su rol dentro de esta Comisión de Revisión.
El Consejo de la Magistratura observó la sentencia constitucional. Frente a ese hecho, el diputado exige al TCP informar cuándo responderá a la solicitud de complementación y enmienda que solicitó el ente que fiscaliza el trabajo de los jueces.
El TCP, de acuerdo al artículo 137 del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene un plazo de 10 días hábiles para responder la PIE. Caso contrario, el peticionario podrá pedir al Pleno que, bajo conminatoria, se entregue el informe en 48 horas; solicitud que se votará sin debate.

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