sábado, mayo 18, 2024
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El Derecho internacional humanitario en la modificación, anexión y extinción de los estados (Rusia vs. Ucrania)

El tema vinculado al nacimiento, modificación, anexión, secesión o extinción de los Estados tiene una infinidad de matices que desborda las clasificaciones que se ha hecho.

Se han dado casos particulares complejos e infinitos y la mayoría de ellos causados por guerras. Con fines didácticos y mediante la abstracción del desarrollo histórico de los Estados, veremos el proceso de formación de los Estados, cómo nacen, se modifican o se extinguen desde el punto de vista jurídico, sus fines expansionistas y su reconocimiento ante la comunidad internacional, sobre todo ahora, en que el conflicto y la tensión entre Rusia y Ucrania se mantiene latente en estos días.

El profesor chileno de Derecho internacional privado, Diego Guzmán Latorre, distingue dos modos de creación o modificación de los Estados, el primero denominado originario, en el que no existía anteriormente otra organización jurídica y política, y el segundo; el modo derivativo que se genera en la modificación o extinción de un Estado de uno ya preexistente.

Como antecedentes prácticos para la formación de nuevos Estados, está la Triple Alianza en 1882 con Alemania, imperio Austro-Húngaro y el imperio otomano e Italia, contra la Triple Entente, creada en 1907 y formada por Gran Bretaña, Francia, Bélgica, Irlanda, Rusia, Serbia, Japón y Estados Unidos 1914, hasta la paz definitiva del Tratado de Versalles en 1919, en el que se reconoció como responsable de la reconstrucción y reparación de los territorios destruidos al imperio alemán, quien canceló la deuda por indemnizaciones de la guerra recién en el año 2010. Otro caso es la formación del Imperio Austro-húngaro, Yugoeslavia y los grandes cambios ocurridos después de la Segunda Guerra Mundial en Europa y en África.

Por regla general un Estado se modifica al alterarse alguno de sus elementos constitutivos, sea la población, el territorio o el poder. El poderío político y económico de un Estado generalmente se engrandece al aumentar su territorio y disminuye al menguar éste, pero el Estado permanece inalterable. Si desaparece, se extingue totalmente la población, conlleva concomitantemente la extinción del Estado. De igual manera la pérdida del territorio significa también la desaparición del Estado.

Entre las causas de extinción de los Estados se tiene la fusión, por la que se da origen a un Estado nuevo, diferente de los precedentes, extinguiéndose éstos, tal es el caso de la República Árabe Unida (1958-1961), constituida por Egipto y Siria, que duró poco y se disolvió pacíficamente. El Yemen con la Unión de Yemen del Norte con Yemen del Sur, sujeto a convulsiones internas que obligaron a mantener la unidad mediante el empleo de la fuerza armada; luego tenemos la incorporación o absorción, dando lugar al engrandecimiento del Estado; y la extinción, cuando, al fraccionarse, se da origen a varios Estados nuevos que surgen de cada una de las diversas partes en que se fracciona, o alguna de esas fracciones puede, a su vez, incorporarse a otro Estado preexistente, este es el caso de Alemania ocurrido el 3 de octubre de 1990, que se formaliza el 18 de mayo del mismo año, con la unión de la República Federal que da nombre al Estado unificado con la República Democrática Alemana, unión que versó sobre la unión monetaria, social y económica.

Tratándose de los intereses de los particulares vinculados a la vida interior del Estado, el nuevo Estado debe respetar y conservar sus derechos y obligaciones, o existen casos en que se imponen éstos a la fuerza, como en el caso del emirato petrolero de Kuwait por Iraq que contaba con el cuarto ejército más grande del mundo, en 1990, denominada anexión, hoy sin efectos jurídicos internacionales dada la ilegitimidad del título –la guerra del Golfo– en que se basó.

Otros casos de disolución o desmembramiento de un Estado existente, para formar dos o más, que nos sirven de ejemplo son los de las Repúblicas Checa y Eslovaca en 1992 y el de la gran Colombia en 1830; también de la unión entre Suecia y Noruega en 1905; de la unión entre Dinamarca e Islandia en 1944, que luego mantuvieron su propia personalidad internacional.

En cuanto a los casos de nacimiento sin extinción, por el que se concreta la separación pacífica o secesión violenta de una parte del territorio estatal, tenemos a Singapur respecto de Malasia en 1965, el caso de secesión de Panamá́, respecto de Colombia en 1903 y el de Bangladesh escindido de Pakistán en 1971. Otro caso de secesión en la que rechazaron su condición de Estado nuevo, fue aquel en el que reclamaron la recuperación de su identidad, la que había sido sofocada por la fuerza. Es el caso de los países bálticos de Estonia, Letonia y Lituania, que fueron anexados por la URSS en 1940 y que se re independizaron a partir de 1990 con la caída del muro de Berlín.

Como guerra de secesión y luego anexión, vemos cómo la patria de los tártaros de Crimea fue anexionada dos veces por los rusos a lo largo de la historia. Los tártaros de Crimea estuvieron expuestos a exilios y migraciones forzadas debido a la presión realizada durante los tiempos de la zarina rusa Catalina II, el líder de la Unión Soviética Josef Stalin y el presidente ruso Vladimir Putin. Crimea no es reconocida por Ucrania ni por la comunidad internacional, ya que su secesión y adhesión a Rusia se ejecutó sin respetar la legislación ucraniana.

Otro caso relevante es la separación de Kosovo de Serbia. La guerra entre éstos data de febrero de 1998 a junio de 1999 y dio lugar a que el territorio quede formalmente como una provincia autónoma de Serbia administrada por la ONU, si bien el Gobierno de Belgrado no intervenía en la práctica en la región. En febrero de 2008, el parlamento kosovar proclamó la independencia de forma unilateral. La Asamblea General de la ONU consultó a la Corte Internacional de Justicia de La Haya, la que en 2010 dictaminó de forma no vinculante que la proclamación no había violado el derecho internacional. Kosovo sigue sin ser reconocido como Estado independiente por unos 50 países, como China o Rusia, pero cuenta con el apoyo de otros en torno a 100 integrantes de la ONU, entre ellos Estados Unidos, Japón, Reino Unido, Francia y Alemania. La declaración de independencia, no reconocida por Serbia, divide a la comunidad internacional.

En cuanto al reconocimiento de Estados, el Instituto de Derecho Internacional en Bruselas en 1936 definió el reconocimiento de Estado como el “acto libre por el cual uno o varios Estados constatan la existencia sobre un territorio determinado de una sociedad humana políticamente organizada, observando las prescripciones del Derecho Internacional y manifiestan consiguientemente su voluntad de considerarlo como miembro de la comunidad Internacional”. Este concepto ha sido analizado, respecto a si el reconocimiento es un requisito constitutivo; no obstante, existen varias hipótesis para reconocer un nuevo Estado, por ejemplo un Estado puede ser reconocido por otro Estado, o por una organización internacional, como las Naciones Unidas. En este último caso, cuando se decide su admisión como miembro, no necesariamente implica el reconocimiento por todos y cada uno de los demás miembros, pero siempre respetando los principios democráticos y del derecho internacional.

La invasión de Ucrania, que era esperada por la OTAN y la UE, lamentablemente se materializó con la invasión, mediante bombardeos y ataques militares por tierra y mar, lo que ha generado miles de muertos y heridos civiles entre otros. No es la primera vez que Rusia entra en un conflicto armado, ya que durante las tres últimas décadas Moscú ha realizado varias «operaciones militares».

La guerra no es la medida de quién resiste más, sino que se debe procurar evitar el mayor daño a la población civil y objetivos civiles que nada tienen que ver con las decisiones de los gobernantes.

Desde la disolución de la Unión Soviética en 1991, Rusia ha intervenido militarmente en varios conflictos, todos, salvo el caso de Siria, en el territorio de países que formaban parte de la antigua URSS.

Como suele suceder en las guerras y conflictos armados, se ocasiona numerosos daños, éxodos y crisis migratorias que están previstas en más de 10 millones de migrantes hacia los países fronterizos, situación que supera toda previsión.

Rusia pretende conseguir a cualquier precio su objetivo –Ucrania– y evitar su ingreso a la OTAN, por lo que no tolerará ninguna amenaza desde Occidente, manifestando que ellos no pueden determinar qué es lo que supone una amenaza para la seguridad de Rusia, por lo que afirman que ninguna provocación podrá hacer perder el equilibrio en sus decisiones. Por su lado, Ucrania valientemente a través de su presidente manifiesta que nada tiene que perder además de la libertad y dignidad en defensa de su país.

En este enfrentamiento las reglas del Derecho internacional Humanitario deben ser respetadas por las partes y ser aplicadas para reducir en lo máximo posible el sufrimiento, mediante la protección y la asistencia a todas las víctimas, sin distinción a qué parte pertenecen, independientemente de las razones del conflicto o de la legitimidad de las causas por las que están luchando.

La forma en que los Estados logran su expansionismo territorial por la fuerza militar, no justifica ninguna guerra de agresión, ya que no existe causa alguna para justificar la guerra.

Desde hace más de 160 años la naturaleza de la guerra ha cambiado desde formas irreconocibles y atroces a conflictos armados contemporáneos, en los que deben primar el respeto a los derechos humanos. Los métodos y medios de la guerra se han sofisticado hasta un punto de la creación de armas nucleares y otras no tripuladas, como drones y hasta bombas nucleares y químicas sofisticadas, no obstante, sobre el uso de éstas deben primar los convenios universales suscritos entre los Estados que censuran y rechazan el uso de estas armas.

A partir de la violación a la Carta de las Naciones Unidas y a los derechos humanos, toda forma de agresión injustificada y la violencia militar debe ser censurada, rechazada y castigada por los tribunales internacionales que correspondan. Bolivia al ser un país pacifista debe adoptar una posición firme de censura y rechazo a toda forma de agresión armada y no actuar de forma ambigua ante los organismos internacionales como la ONU y la OEA.

Las partes sin haber cesado el fuego se encuentran en un proceso de negociación en la que las posturas son contradictorias; sin embargo, deben dialogar para encontrar una pronta solución que defina el debate sobre temas de soberanía e independencia de ambos Estados, en la que las condiciones son conocidas de antemano por las partes. En todo conflicto hay siempre un espacio para negociar, hay la obligación de los gobernantes de escuchar y responder mediante el diálogo y en ningún caso a través de actos hostiles. En cualquier circunstancia la salida al conflicto es la negociación.

Los gobernantes en disputa antes de contestar al llamado a conversar con amenazas, deben interponer todos los medios a su alcance para sentarse en la mesa de negociación, sobreponiendo el respeto a los más mínimos principios del Derecho internacional humanitario, como el derecho a la vida y dignidad de las personas, sean civiles no involucradas en la guerra, independientemente de su nacionalidad, raza, idioma, origen, sexo, edad, creencias respecto a las partes en conflicto.

Esperemos poner fin a la guerra mediante la negociación y que la paz y armonía imperen como el más alto valor entre los Estados civilizados.

 

El autor es Profesor emérito de Derecho Internacional, Universidad Mayor de San Andrés.

 

asdruval@columbalaw.

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