sábado, mayo 18, 2024
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Elecciones judiciales

Aspirantes tienen 20 días para poder presentar postulaciones

La Vicepresidencia lanzó la convocatoria para la preselección de candidatos para las elecciones judiciales que se realizarán este año. Todos los posibles candidatos deberán presentar sus documentos ante la Comisión Mixta desde el 20 de febrero hasta el 10 de marzo, lo que significa que tendrán 20 días para poder postularse, según indica el cronograma aprobado por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).
La Cámara de Senadores publicó -en su página web- la convocatoria a postulantes para la preselección de candidatos a magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, así como a consejeros del Consejo de la Magistratura para el período 2024-2030.
En la convocatoria se señala que la presentación de postulaciones se iniciará el martes 20 de febrero del año en curso de horas 08:30 a 12:00 y de 14:30 a 18:00, de lunes a viernes, y de horas 08:00 a 12:00 los días sábado, domingo o feriado, en oficinas de la Comisión Mixta respectiva, situadas en el antiguo hemiciclo de la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.
“Se registrarán a todos los postulantes que hasta las 12:00 del domingo 10 de marzo, último día de presentación de postulaciones, se encuentren en instalaciones de las Comisiones Mixtas encargadas de los procesos de preselección”, se lee en el documento.
Vencido el plazo de 20 días y registradas todas las postulaciones, la Presidencia de la Comisión Mixta respectiva elaborará el Acta de Cierre del Libro en presencia de Notaría de Fe Pública, señalando la cantidad de postulantes registrados.
La noche del viernes, el pleno de la Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad la ley de la convocatoria a postulantes para la preselección de candidatos a altos cargos del Órgano Judicial.
La convocatoria exige el cumplimiento de seis requisitos comunes: contar con nacionalidad boliviana; haber cumplido con los deberes militares, en el caso de los varones; no tener pliego de cargo ejecutoriado pendiente de cumplimiento.
Además, no tener sentencia condenatoria ejecutoriada pendiente en materia penal; no contar con antecedentes de violencia en contra de una mujer o cualquier miembro de su familia, que tenga sentencia ejecutoriada con calidad de cosa juzgada y, finalmente, estar inscrito en el padrón electoral. (Con datos de Unitel)

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