jueves, mayo 9, 2024
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Una Ordenanza Municipal contra La Paz

En política ocurren muchas cosas, por ello el tratadista español Duverger decía: “Para unos la política es esencialmente lucha, una contienda que permite asegurar a los individuos y a los grupos que ejercen el poder su dominación sobre la sociedad, con las consiguientes ventajas que de ellos les resultan. Para otros, la política es un esfuerzo para hacer reinar el orden y la justicia, siendo misión del poder asegurar el interés o el bien común contra la presión de las reivindicaciones de los particulares. Según los primeros, la política sirve para mantener los privilegios de una clase minoritaria sobre la mayoría y para los segundos, es un medio de realizar la integración de todos los individuos en la comunidad y crear la ciudad perfecta”. Esta ilustración, nos sirve para identificar la conducta de los concejales del Gobierno Municipal de La Paz, que suscribieron y promulgaron la Ordenanza Municipal 046/2022.
El tratamiento de aprobación y promulgación de este documento, tuvo muchos entretelones; en principio, fue debatido ampliamente sobre la viabilidad o no del mismo, para luego y contra viento y marea aprobar con el voto de seis concejales. Luego en la instancia ejecutiva, el Alcalde Arias se negó a promulgar argumentando que la Ordenanza era técnicamente inviable para La Paz, esta negativa dio lugar a que sea promulgada por el Vicepresidente del Concejo Municipal en fecha 7 de diciembre de 2022.
La cuestionada Ordenanza Municipal 046/2022 bajo el nomen juris “Ajuste Normativo de Actualización por Crecimiento y Densificación para la Administración Territorial”, autoriza a las empresas constructoras para que puedan construir edificios de hasta 40 pisos en 10 sectores de la ciudad, modificando a este efecto los indicadores de edificación, establecidos en la LUSU, en 10 sectores de la ciudad: Plaza Villarroel; Obrajes; la Macrozona Llojeta; Calacoto y San Miguel; Achumani; Costanera y la avenida Muñoz Reyes; la plaza Uyuni y el mercado Yungas; Irpavi y Achumani; La Florida y El Granadal y Mallasilla, entre otros.
Las críticas contra este documento, fueron sobre la falta de estudios técnicos para su viabilidad, por cuanto no se habría considerado la topografía en que se asienta la ciudad, los ríos subterráneos que continuamente causan deslizamiento y sifonamientos. Otro aspecto no considerado es el colapso a futuro en el sistema de servicios básicos, ante el incremento de complejos habitacionales, ya que las existentes son precarias. Aspectos advertidos por la población paceña y sus instituciones, como las juntas vecinales, Colegio de Ingenieros de Bolivia, Cámara de la Construcción, Universidad Mayor de San Andrés, entre otros, quienes manifestaron que esta normativa podría generar riesgos y desastres irreversibles en la ciudad de La Paz.
La precitada ordenanza municipal, fue promulgada el pasado 7 de diciembre de 2022 y, después de la reacción de la paceñidad, todos los concejales manifestaron su “preocupación” por solucionar el daño causado a la ciudad de La Paz. La mayoría de ellos propusieron la abrogatoria y obviamente se aprobó esta ordenanza con la firma de la totalidad de concejales y, seguro, algunos de ellos contra su voluntad. El Alcalde Arias promulga esta normativa el día lunes 19; no obstante, la Ordenanza Municipal 046/2022 tuvo una vigencia de 12 días y en este tiempo esta norma municipal de seguro fue aplicada, por cuanto la abrogatoria por principio constitucional no es retroactiva. Lo que quiere decir que la abrogada Ordenanza Municipal tuvo una vigencia en el tiempo y ello causó efectos.
Estos antecedentes, demuestran a todas luces la existencia de responsabilidades para los concejales del Gobierno Municipal de La Paz, para unos por comisión y otros por omisión; así como para el alcalde municipal por omisión; ya que, en dependencias de la Alcaldía Municipal, existe una considerable cantidad de solicitudes de regulación de construcciones, que en su momento no se ajustaron a las normas administrativas LUSO, en muchos casos están paralizadas las obras y en otras continúan. Pero fue la oportunidad para que las empresas constructoras puedan acogerse a la nueva norma para regularizar la construcción, sin someterse a procesos sancionatorios que corresponde cuando se incumple una norma; ¿quién es el responsable y qué sanción amerita…?

El autor es Docente Universitario.

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