viernes, abril 26, 2024
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Ley amañada no garantiza solución a demanda de la población cruceña

A pesar de que el presidente de la Cámara de Diputados, Jerges Mercado, del Movimiento al Socialismo (MAS), afirmara que la “Ley del Censo” se aprobó para pacificar Santa Cruz, que protagonizó un paro indefinido por 36 días, el periodista Carlos Valverde Bravo hizo una serie de observaciones a la redacción de la mencionada norma, calificándola de ambigua que no conlleva ninguna obligatoriedad en un país gobernado por un partido de evidente tentación totalitaria.
Sostiene, a través de un artículo, que la mencionada norma pudo ser redactada con más precisión en su segundo numeral, pero “estamos en Bolivia, de tal manera que la ‘ley maldita’ (según el diputado Héctor Arce) se aprobó con un texto que, más adelante puede generar problemas porque ‘seguramente eso se busca’ a fin de imponer el interés de una mayoría, pero eso será más adelante, de manera que, a prepararse para hacer lío el 2024, desde septiembre en adelante”, manifestó.
La citada norma aprobada por legisladores de la Comisión de Constitución, el pleno de la Cámara de Diputados y posterior sanción en la Cámara de Senadores establece lo siguiente:
“I. En base a los datos oficiales del Censo de Población y Vivienda, que emita el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), el Órgano Ejecutivo efectuará la nueva distribución de recursos de coparticipación tributaria a partir del mes de septiembre de la gestión 2024”.
II. El Instituto Nacional de Estadísticas (INE) remitirá al Tribunal Supremo Electoral los datos oficiales del Censo de Población y Vivienda, conforme a la fecha del parágrafo precedente, para que se elabore el Proyecto de Ley de distribución de escaños, conforme al Artículo 146 parágrafos V, VI y VII de la Constitución Política del Estado y la Legislación Electoral vigente, que se aplicaría en las próximas Elecciones Generales en el Estado Plurinacional de Bolivia”.
Valverde hizo un cuestionamiento al numeral II: Porqué se hace una ley “de carácter condicional” cuando se refiere a un artículo constitucional que ordena que: “la distribución de escaños entre los departamentos se determinará en base al número de habitantes que arroje el Censo Nacional de Población y Vivienda, (artículo 146 e incisos citados por el texto) ¿Por qué dice “se aplicaría”, cuando el texto constitucional es taxativo y no da lugar a dudas?, ¿Qué se pretende?, ¿“trampear en la distribución” en búsqueda de “justicia distributiva y equidad”, cuando la CPE ya legisla sobre ello?
Asimismo, se refirió al art 146, tomando en consideración que algunos departamentos perderán representantes por la “movilidad social”, tan alta en los últimos años, generada por la expulsión de la pobreza de los ciudadanos de sus territorios, establece que “por equidad”, la ley asignará un número de escaños mínimo a los departamentos con menor población y menor grado de desarrollo económico.
Valverde señala que la intención del “masismo”, al redactar el texto de la Ley del Censo embosca la posibilidad de un nuevo estallido social, seguramente en 2024, sobre todo si el texto, usando el “aplicaría” dice: “en las próximas Elecciones Generales”, sin establecer que estas se van a celebrar el 2025.
“El texto les permitiría la oportunidad de argumentar que ‘próxima’, también podría ser la del 2030. Ambiguo por demás el texto; no conlleva ninguna obligatoriedad, en un país gobernado por un partido de evidente tentación totalitaria, como es el que está en el gobierno”, sostiene Valverde.

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