viernes, mayo 17, 2024
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Bazán denuncia persecución política por parte de ministro Del Castillo

El ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo, denunció penalmente al diputado de Creemos, Erwin Bazán, por presuntos hechos de calumnia e injuria, lo que revela la abierta persecución política contra diputados de oposición, según se conoció ayer de parte de esa agrupación política.
“He tomado conocimiento, extrajudicialmente, que el juez Carlos Alberto Moreira Ribero del juzgado 15º de Sentencia de la Capital tiene en sus manos una denuncia penal del Ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo en contra mía, que según sé hasta hoy debe resolver si admite esta denuncia (…) Es de lamentar que el ministro, quien además fue Oficial Mayor de la Cámara de Senadores pretenda olvidar convenientemente que no puede procesar a parlamentarios”, denunció Erwin Bazán, en rueda de prensa.
Explicó que la denuncia tiene que ver con sus afirmaciones de septiembre del 2021, en sentido de que Del Castillo hubiera sacado una bandera Wiphala de su bolsillo para que fuera izada durante los actos oficiales realizados en ocasión de los actos protocolares por la efeméride del Departamento de Santa Cruz.
Bazán advirtió sobre la improcedencia de este proceso radicado en el juzgado 15º de Sentencia de la Capital, a cargo del juez Carlos Alberto Moreira Ribero, tomando en cuenta la inviolabilidad que corresponde a los parlamentarios del Estado boliviano, según dispone el art. 152 de la Constitución Política del Estado (CPE).
La CPE Art. 152 a la letra dispone: “Las asambleístas y los asambleístas gozarán de inviolabilidad personal durante el tiempo de su mandato y con posterioridad a éste, por las opiniones, comunicaciones, representaciones, requerimientos, interpelaciones, denuncias, propuestas, expresiones o cualquier acto de legislación, información o fiscalización que formulen o realicen en el desempeño de sus funciones no podrán ser procesados penalmente. II. El domicilio, la residencia o la habitación de las asambleístas y los asambleístas serán inviolables, y no podrán ser allanados en ninguna circunstancia. Esta previsión se aplicará a los vehículos de su uso particular u oficial y a las oficinas de uso legislativo”.
Bazán, dejó por sentado que tal demanda no puede ser admitida por la autoridad judicial a cargo del caso, porque vulneraría toda normativa de inviolabilidad conferida por la CPE (art. 152), y Procedimiento Penal (arts. 308 y 312) conferida a los parlamentarios.

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