sábado, mayo 4, 2024
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Lo que cambia con comisionados

Año tras año el régimen actual de gobierno –hoy presidido por tres líderes políticos– pone en marcha un arsenal de leyes represivas y policiales que atentan contra la democracia y la libertad de los ciudadanos. Por ello, Bolivia debe preservar y desarrollar las tradiciones democráticas propias de su pueblo.
Con seguridad que nadie dirá –menos los comisionados de la Organización de Naciones Unidas que vienen a Bolivia– que las leyes que atentan contra las libertades de los ciudadanos deben ser abrogadas y que las leyes que las protegen deben ser favorecidas.

Diego García-Sayán en escena
La ONU que desea ver, analizar, comprender la independencia judicial, habla en un informe preliminar de su relator especial (qué será del informe de fondo, ¡nadie sabe de este evento espectacular!) de falta de acceso a la justicia, de la carencia de jueces, que el ciudadano está muy lejos de los servicios judiciales, etc. Y para peor, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos firma con el gobierno un protocolo, dándole mayores competencias de intromisión «al garante», que será el que brinde –en un solo caso– la imparcialidad del Juez. Qué chistoso, amable lector, ¿no le parece?

El comisionado y la Oficina Permanente
Los comisionados dirán “algo es algo”, al firmar un acuerdo inocuo e intrascendente para la justicia, cuando su misión estaba referida a la INDEPENDENCIA que restablezca y garantice el trabajo judicial, sin someterse a los líderes que gobiernan Bolivia.
Sin embargo, en este aspecto se postula, en lugar de nombramientos que se hace de los componentes del Consejo de la Magistratura –como acontece a 13 de enero de 2022–, que este podría ser democratizado con ciertos miembros designados y escogidos entre los juristas más representativos de las universidades que enseñan el derecho, de cada categoría de magistrados, y del Colegio Nacional de abogados Así, el Consejo de la Magistratura independiente ante el Gobierno sería el máximo responsable de garantizar la independencia e imparcialidad de los jueces; el organismo podrá ocuparse de la nominación y el ascenso de los magistrados en carrera, el ingreso de jueces de Instrucción previo pase a las Escuelas Judiciales, y el establecimiento de la lista de aptitudes en los ascensos. El Consejo podrá reunirse en la parte disciplinaria, sea de oficio, o sea por demanda del simple ciudadano. Así de simple resulta el necesario perfeccionamiento de las formas de organización político-social; dado que los comisionados de la ONU solo han patentizado la intromisión del Ejecutivo como garante en los procesos judiciales.

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