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Pidieron cárcel de 10 años por difundir información “errónea” sobre BCB

La Paz, 28 jun (ANP) – Una pena de cárcel de 10 años fue propuesta por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía para sancionar a quien difunda mensajes en medios de comunicación con fines de especulación o de falsear información sobre operaciones del Banco Central. El despacho del ministro del área se apresuró en desmentir la inclusión de la sugerencia en una ley que es analizada en la Asamblea Legislativa.

Analistas de temas económicos expresaron alarma al conocer la propuesta contenida en un informe legal emitido el pasado 19 de mayo, en el que se sugería la inclusión de la pena carcelaria en el Anteproyecto de Ley del Oro de producción nacional destinado al fortalecimiento de las reservas internacionales.

En Bolivia, la sanción de 10 años de prisión se aplica a delitos como el prevaricato, el cohecho pasivo de un juez o fiscal, y la legitimación de ganancias ilícitas.

De acuerdo con la Constitución promulgada en febrero de 2009, por el presidente Evo Morales, la faltas por publicaciones (información y opiniones) que no respeten la veracidad y responsabilidad deben ser procesadas en tribunales de ética o ante un Jurado de Imprenta (Autorregulación, Art. 107 de la CPE).

La asesora legal de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), Mabel Antezana, declaró a la Unidad de Monitoreo de la ANP que deben aplicarse las normas de autorregulación para conocer faltas por la difusión de noticias y opiniones en medios de comunicación social, y defendió el contenido del parágrafo segundo del Artículo 107 de la Constitución.

 

INFORME JURÍDICO

El informe jurídico dirigió la aplicación de sanciones a mensajes difundidos por medios de comunicación para tipificar como delitos de orden penal a la “especulación y/o difusión errónea de las operaciones” del Banco Central.

La propuesta señala: “El que, por cualquier medio de comunicación, especulare, difunda o encomiende especular y/o difundir información falsa y/o errónea sobre las políticas y operaciones del Banco Central de Bolivia, que dañen o pretendan dañar la imagen institucional, y estatal incurrirá en privación de libertad de cinco (5) a diez (10) años y multa de cien (100) a quinientos (500) días”.

El analista de temas económicos Gonzalo Chávez alertó del riesgo de vulneración de la libertad de expresión en caso de considerarse la propuesta. “La economía es una ciencia interpretativa. El mismo número puede tener diferentes lecturas”, explicó.

Chávez difundió la propuesta del departamento jurídico del Ministerio de Economía en la mañana del viernes 25 de junio, y horas después, un comunicado de esa cartera informó que el anteproyecto de Ley de oro “NO incluye ningún acápite referido a sanciones de cárcel por difundir información errada del BCB”.

 

TRANSPARENCIA

“Si alguien opina diferente o especula con alguna proyección o interpreta de manera diferente un resultado, corresponde al Banco Central aclarar y contra argumentar la crítica o mala interpretación”, comentó el economista Chávez.

Como caso hipotético explicó que, en caso de aplicarse la sanción, “economistas de espectros tan diferentes, como Paul Kraugman (Premio Nobel 2008 y liberal moderno) o Milton Friedman (Premio Nobel 1976 y defensor del libre mercado), estarían presos”.

El investigador social, Roberto Laserna, explicó a la Unidad de Monitoreo de la ANP que “el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artículo 21 de la Constitución y la Ley de Imprenta protegen nuestro derecho a difundir libremente informaciones, a pedirlas y a opinar sobre ellas”.

“Especular es opinar”, ratificó en sus redes sociales.

El artículo 21 de la Constitución, en su inciso 6, reconoce el derecho de los ciudadanos a “acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual y colectiva”.

La Ley de Bancos, promulgada en abril de 1993, en su artículo 91 sanciona la difusión de informes que generen inestabilidad en el sistema financiero nacional pero excluye de las sanciones a “los estudios, análisis y opiniones de carácter científico que, con base a información auténtica y verificable, estén orientados a evaluar o calificar el sistema financiero o sus actores, buscando maximizar su eficiencia y desarrollo”.

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