El dilema de las “32 o 31 maletas” no es una anécdota aritmética, sino un problema de consistencia probatoria que exige esclarecimiento dentro del debido proceso. Cuando los números no cierran, lo que corresponde no es la especulación, sino la activación de los mecanismos institucionales previstos por la Constitución.
En ese marco, que un Ministro de Estado solicite interpelación urgente no es un gesto menor: es una señal inequívoca de transparencia y de sometimiento al control democrático. La interpelación no es un espectáculo ni un recurso mediático; es una herramienta del Órgano Legislativo para exigir explicaciones políticas en el ámbito que le corresponde.
Aquí se marca una diferencia esencial. Mientras algunos sectores del periodismo incurren en excesos, pretendiendo sustituir funciones e instalar juicios paralelos —incluso exigiendo al Primer Mandatario “aterrizar” sobre hechos en investigación—, el camino institucional correcto es otro: acudir a los mecanismos formales de control, con reglas claras y responsabilidades definidas.
Por otra parte, no corresponde al Presidente esclarecer hechos sometidos de diferente índole o naturaleza de denuncia, menos investigar, por ejemplo, en el caso penal; esa función y competencia le corresponde al Ministerio Público, así como al Órgano Judicial, pero SÍ corresponde a los ministros de Estado responder políticamente ante la Asamblea Legislativa cuando son convocados o, como en este caso, cuando ellos mismos promueven ese control. Esa diferencia no es menor: es la base del equilibrio de poderes.
En un contexto donde la justicia tarda —y donde sabemos que justicia que tarda no es justicia—, el riesgo de que el vacío sea ocupado por el juicio mediático es alto. Por eso, más que nunca, se requiere mesura, rigor y respeto por las competencias.
La transparencia no se grita en titulares: se demuestra en actos. Y solicitar una interpelación es precisamente eso: someterse al escrutinio institucional, no al linchamiento previo.
Si fueron 32 o 31 maletas, que lo determine la investigación.
Pero que no se sustituya el debido proceso por el ruido, porque en derecho, cuando los hechos no están plenamente esclarecidos, subsiste un principio elemental: el beneficio de la duda. Y ese principio no se negocia ni se grita en titulares; se lo respeta.
El autor es diplomático de carrera y politólogo.
