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Matar o morir, pero si eres policía, debes elegir morir

Jorge Lizárraga T.

El pasado 8 de diciembre se suscitó un enfrentamiento violento entre comunarios en Cotapachi (Colcapirhua, Cochabamba) contra oficiales de la Policía Nacional, produciéndose el deceso lamentable de dos civiles, la aprehensión de quienes fueron acosados, la hospitalización de quien se le atribuye la muerte de dos personas. Y, para colmo, saliendo a la luz pública el Vicepresidente y el Fiscal General, jactándose de decir lo que quieren, como quieren y ante quien sea. Por ética, siendo abogados y habiendo uno de ellos sido oficial activo, sus actitudes dejan mucho para criticar, pero vamos por partes.

Para nadie es menos que doloroso que existan enfrentamientos entre bolivianos, y peor aun cuando los mismos son entre policías y comunarios y peor cuando hay resultados tan lamentables como la muerte de civiles. Pero, ¿qué hubiera pasado si los acorralaban, los acribillaban, los quemaban y morían? Somos conscientes de que por supuestos nunca es bueno emitir criterio, pero lo cierto es que pudo suceder y que se hubiera dicho entonces, eso ya es especular, ¿no?

Ahora bien, esa intervención o participación policial evidentemente tuvo que haber sido autorizada y por supuesto que, al usar uniforme policial, debes merecer respeto, hacerte respetar y nadie debiera sobrepasar la autoridad, ¿o no? Pero, ¿qué paso?

Mucho se dice sobre lo sucedido, como que el subteniente J.A.C.P., acusado por la muerte de dos comunarios, sería imputado por el delito de homicidio, según el Fiscal General. Luego el Vicepresidente del Estado, manifestó que el oficial debe ser encarcelado y que no habría nada que justifique la muerte de civiles por cómo sucedió. Lo penoso es que habla un ex oficial formado y además abogado, marcando así un punto sin retorno sobre para quién la justicia debiera actuar de esa manera.

Sin embargo, lo que sorprende a propios y extraños es que, en vez de emitir criterios objetivos y evidentemente conducentes a encontrar la verdad material y razones del hecho, por el contrario, ya se emita juicios de valor, sentencias extralimitadas, causando total indefensión del procesado. Peor cuando se dice que el poder político antes hizo lo que le dio la gana, ¿ahora se quiere hacer lo mismo, irradiando miedo a la gente?

Por si fuera poco, hablamos de que un jurista como el Fiscal General emita comentarios destructivos, cuando el Fiscal de materia es quien dirige la investigación, o se supone sea así. Ahora, ¿podrá éste ir en contra de lo que el Fiscal General señala?, ¿otros podrán ir en contra de lo que el Vicepresidente señala? No hacerle caso luego será interpretado o juzgado como irreverente, corrupto, o peor que ello tildado de masista y eso no puede ocurrir. Lo lamentable es que ni siquiera son capaces de ir hacia atrás y reconocer sus errores, ¿son jueces? ¿Son los fiscales a cargo de la investigación? ¿Son jueces ciudadanos en pleno juicio oral? ¿Quiénes son para dar muerte civil a alguien sin antes ser oído en un juicio oral, público y contradictorio?

Revisando las imágenes que circulan, es evidente que el oficial y sus camaradas estuvieron a punto de ser despojados de sus uniformes, armas y quién sabe ser linchados y quemados vivos. Sin embargo, dada la circunstancia y el momento, lo que se hizo fue tratar de disuadir a la turba y, en último caso, se tuvo que hacer uso del arma reglamentaria, ¿quién no lo habría hecho así? ¿Matar o morir?

No debemos olvidar que los policías en Bolivia pueden usar su arma reglamentaria, pero solo en casos muy específicos y justificados, como la defensa propia o de terceros ante peligro inminente (muerte o lesiones graves), para impedir la fuga de un peligroso criminal, o cuando se agotan todos los medios persuasivos y el uso de la fuerza es estrictamente necesario para preservar la vida y el orden público, siempre bajo el principio de proporcionalidad y necesidad. Y ello bajo el marco de la Ley de Control de Armas (Nº 400) y otras normativas. Siendo indudable que el uso indebido conlleva responsabilidades penales y administrativas, pero, ¿desde ya dar muerte civil a alguien?

Asimismo, los casos en los que se permite el uso del arma son en defensa propia o de terceros; impedir fuga de sospechosos; preservación del orden público o contra vehículos sospechosos, pero ello bajo principios clave, como necesidad y proporcionalidad; agotamiento de medios y control y responsabilidad. ¿Alguna se acomoda a lo sucedido?, ¿a las imágenes vertidas?, ¿y/o a la realidad material?, pues qué investiguen quienes deben hacerlo, ¿no creen?, sin que ningún poder político o personaje público se entrometa.

En resumen, el uso del arma es una medida extrema en la función policial boliviana, regulada por ley para proteger vidas y el orden público, pero su aplicación debe ser siempre justificada y proporcional al riesgo. No obstante, y según lo oído y vertido por altos mandos, cuándo se trate de policías matar o morir no es excusa. Pero si eres miembro policial, debes elegir morir, independientemente de la situación de peligro en la que te encuentres, porque de lo contrario no habrá justificaciones, argumentos ni defensa que valga, deberás ir a la cárcel. ¿Usted qué opina?

 

El autor es abogado.

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