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Pasajes de carácter solidario

Promulgan Ley que garantiza vuelos para pacientes con cáncer

El presidente del Estado, Rodrigo Paz Pereira, promulgó la Ley 1780 que garantiza pasajes aéreos solidarios a pacientes en situación crítica, terminal y con cáncer, lo que les permitirá trasladarse desde sus regiones de residencia para recibir atención médica especializada.

La normativa tiene como núcleo el garantizar el acceso a pasajes solidarios, nacionales o internacionales, provenientes de aerolíneas públicas o privadas, para pacientes con cáncer, pacientes críticos y enfermedades terminales que requieran tratamiento médico en una ciudad distinta a la de su residencia.

En este sentido, se prevé una cobertura familiar y obligaciones del sector aeronáutico; es decir, no deja desamparados a los familiares o tutores de los afectados. En el apartado de beneficiarios, se autoriza formalmente el pasaje para “un acompañante por paciente para el cuidado del mismo, y dos acompañantes cuando el paciente sea niño, niña o adolescente”.

La ley advierte explícitamente que los beneficiarios directos e indirectos deberán “estar debidamente certificados por la autoridad en salud más cercana”.

El sector aeronáutico comercial tendrá que reconfigurar su logística de manera obligatoria. El nuevo marco jurídico de la ley señala que “las aerolíneas se obligan a reservar los espacios necesarios, de acuerdo con las necesidades de los pacientes y sus acompañantes”.

Para evitar la burocracia que suele traer procesos lentos en la atención médica urgente, el artículo 4 estipula que, el certificado de salud “no requerirá ninguna formalidad para constar su validez, debiendo ser la autoridad en salud más cercana al paciente la encargada de su verificación y validación por todos los medios disponibles, de manera inmediata”.

Para equilibrar la carga financiera de estas medidas, el Estado implementará un mecanismo de compensación económica. Según detalla el documento, “las aerolíneas se beneficiarán con la deducción de gastos en la determinación del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) por el costo de los pasajes otorgados en el marco del presente régimen”.

La ley introdujo advertencias para evitar distorsiones en la aplicación de este beneficio social. En caso de que las líneas aéreas impidan su cumplimiento, serán sancionadas bajo el marco legal vigente.

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