El Decreto Supremo 5749 establece un mecanismo para recibir y canalizar denuncias por presuntos cobros ilegales y extorsiones atribuidos a servidores y exservidores públicos de la Justicia, la Fiscalía, Derechos Reales, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y la Policía Boliviana.
La norma dispone que las denuncias podrán presentarse por escrito en la oficina central o en los enlaces departamentales del Viceministerio de Transparencia, además de una plataforma o mecanismo digital habilitado para ese propósito.
El procedimiento comprende denuncias por exigencias indebidas de dinero, beneficios patrimoniales, favores, promesas o ventajas para sí o para terceros. Estas conductas deben estar relacionadas con actuaciones judiciales o administrativas, como admitir, tramitar, paralizar, retrasar, acelerar o desviar procedimientos, así como emitir o dejar de emitir decisiones.
Uno de los aspectos previstos en el decreto es la posibilidad de proteger la identidad de los denunciantes, ya sea a solicitud expresa de estos o por determinación de oficio, conforme a la normativa vigente.
Cuando se disponga esa protección, el Viceministerio asignará un código alfanumérico confidencial y único en sustitución del nombre, la cédula de identidad, el domicilio, el correo electrónico y otros datos personales. La identidad real permanecerá bajo custodia de esa institución, en archivos físicos y digitales clasificados con acceso restringido.
La reserva podrá levantarse mediante una resolución administrativa expresa y fundamentada cuando lo solicite la parte interesada. También podrá dejarse sin efecto si, durante la verificación preliminar, se comprueba que los hechos son falsos, que hubo simulación o alteración de indicios, o que la denuncia fue presentada con manifiesta temeridad o mala fe.
Una vez recibida la denuncia, el Viceministerio verificará el cumplimiento de los requisitos formales y gestionará el caso o lo remitirá a la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción correspondiente, de acuerdo con la Ley 974, que regula esas unidades.
El decreto también contempla el envío de antecedentes a las instancias disciplinarias del Ministerio Público, el Órgano Judicial, Derechos Reales, el Tribunal Constitucional Plurinacional o la Policía Boliviana, según corresponda.
Asimismo, el Viceministerio podrá remitir de inmediato la documentación al Ministerio Público para que evalúe el inicio de la acción penal pública dentro de sus atribuciones. En esos casos, los antecedentes podrán identificarse mediante el código reservado asignado para proteger al denunciante.
Finalmente, la norma faculta al Viceministerio de Transparencia a intervenir como coadyuvante o querellante en procesos penales, conforme a las disposiciones vigentes en materia de lucha contra la corrupción. (Con información de Erbol)
