El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5654, que restringe la aplicación de descuentos, contribuciones y retenciones por planilla en los salarios de servidores públicos y las rentas de jubilados pertenecientes a entidades del nivel central del Estado.
La norma, promulgada ayer por el presidente Rodrigo Paz Pereira, establece que las instituciones públicas únicamente podrán realizar retenciones relacionadas con la seguridad social de largo plazo, faltas y atrasos laborales, sanciones administrativas, el Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), asistencia familiar ordenada judicialmente y la recuperación de recursos por cobros indebidos.
Cualquier descuento que no se encuentre incluido entre esos conceptos deberá ser eliminado, según dispone el decreto. La medida busca evitar retenciones discrecionales y proteger los ingresos destinados a la subsistencia y bienestar de los trabajadores y sus familias.
La disposición también alcanza a los jubilados del Sistema de Reparto. En esos casos, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir) solo podrá efectuar descuentos por aportes a la seguridad social de corto plazo, asistencia familiar, recuperación de pagos indebidos y compromisos asumidos mediante convenios con entidades públicas del nivel central.
Las entidades territoriales autónomas podrán dejar sin efecto descuentos, aportes o retenciones que no estén contemplados en la nueva normativa, de acuerdo con sus competencias y responsabilidades.
El decreto excluye de su aplicación a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana.
Los servidores públicos y jubilados que decidan efectuar aportes voluntarios podrán hacerlo mediante una autorización individual, expresa, verificable y revocable. Los pagos deberán realizarse mediante débito directo de una cuenta bancaria.
La norma abroga decretos emitidos entre 1995 y 2009 y deroga disposiciones vinculadas con descuentos por planilla. El ministro de Trabajo, Williams Bascopé, figura como responsable de la elaboración del decreto.
