El crimen organizado, siempre buscará formas de evadir controles de seguridad de las autoridades estatales. Razón por la que en el mundo, la sofisticación para la comisión de delitos se amplía, no sólo en el plano físico, también en el ciberespacio como el lavado de dinero a través de ciberactivos o criptomonedas, por mencionar algunos. En el caso de la bioquímica, la utilización de técnicas moleculares para las coberturas de superficies porosas como las telas, maderas, plásticos u otras, tampoco son recientes. Razón por la que no debe sorprender que se use con narcóticos.
Sin embargo, lo que sí debe llamar la atención es el cumplimiento dilatado de obligaciones internacionales, asumidas dentro del marco del derecho internacional, que son del propio Estado. Lo cual implica, que no se debe esperar a que se brinden informes y solicitudes, cuando los hechos son de público conocimiento y más aún a nivel global, a través de medios de comunicación.
Todos los especialistas en temas de seguridad, observamos la prevención como un objetivo primordial de actuación y a alcanzar. La cual no es sencillo de lograr, dado que requiere de diversos factores condicionantes y multidimensionales, como los económicos, tecnológicos, sociales, físicos, humanos, jurídicos e inclusive (sobre todo) políticos. Si bien en Bolivia, hay carencias estructurales y subjetivas, no son excusa para incumplir tratados internacionales.
El caso de las denominadas “narcomaderas”, exportadas desde Bolivia, volvió a cobrar relevancia a nivel mundial, luego de hallazgos suscitados en puertos de Chile por parte de autoridades de dicho país, que responsablemente fueron generando condiciones para su detección a partir de la utilización de herramientas tecnológicas, en combinación con técnicas regulares, como el uso de canes adiestrados para el rastreo de narcóticos en cargas (algo que el humano a la fecha no puede reemplazar y mucho menos replicar), entre otras más.
Para el derecho internacional, Bolivia en 1904 firmó el Tratado de Paz y Amistad con Chile, que más allá de posturas políticas, debe ser cumplido por ambos Estados y de buena fe, no debiendo esperar ninguno de ellos a que se les diga que lo hagan. En el mismo sentido, Bolivia debe cumplir con la Convención de las NNUU contra el Delito Organizado Transnacional (UNTOC), Escudo de las Américas (A3C) en su iniciativa regional antinarcóticos, Convención de NNUU contra el Tráfico de Estupefacientes de 1988 y propios compromisos de su ley interna contra el crimen.
De allí que, Bolivia NO DEBE ESPERAR solicitud o información formal para actuar, tiene la obligación de hacerlo dentro del enfoque de la seguridad priorizando la prevención, con base en la utilización de fuentes abiertas; en caso de que, las fuentes de inteligencia institucional o formales demoren en la generación de información. Inclusive, la activación de los marcos de cooperación tanto interna como externa (internacional), sobre todo la última, caen en burocracias que arriesgan la intervención y persecución a implicados, incluyendo la obtención de elementos probatorios y afectación a las cadenas de custodia requeridas para los procesamientos legales.
Brevemente explicado, Bolivia y Chile dentro del marco del Tratado de Paz y Amistad de 1904, en 2021 establecieron una Hoja de Ruta, que dentro los 16 puntos acordaron “Control de comercio ilegal y droga”, mecanismo de cooperación vigente. Luego, en el marco de la UNTOC, Bolivia se comprometió a la generación de acciones conjuntas frente a la simple amenaza de delincuencia transnacional, sin necesidad de esperar solicitud formal alguna.
Pero si eso no fuera suficiente, el Escudo de las Américas o A3C o ACCC, recientemente impulsó en Santiago de Chile el denominado “Compromiso Regional de Santiago”, hace pocas semanas, mayo de 2026, comprometiéndose Bolivia a dar respuesta de manera más efectiva a lucha contra la delincuencia y crimen organizado, mediante la asunción de mecanismos para la obtención de resultados CONCRETOS. Complementado, con la Convención de NNUU de 1988 referida arriba, que ordena la OBLIGACIÓN de investigar y perseguir el trafico transfronterizo. Todo en conocimiento de Cancillería y ministerios de seguridad bolivianos.
Por lo que, en el caso de las “narcomaderas”, Bolivia tiene obligaciones internacionales que cumplir de manera proactiva, SIN ESPERAR, con investigaciones penales autónomas y activación de la cooperación internacional concreta, con identificación de redes y su desestructuración, en el que Chile ya brindó datos indiciarios útiles al respecto, para que autoridades bolivianas actúen.
El autor es diplomático e internacionalista.
