domingo, abril 28, 2024
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Reglamento de Evaluación

Luis Alberto Callapino López

El nuevo Reglamento de Evaluación de Desarrollo Curricular del Subsistema de Educación Regular, fue aprobado mediante Resolución Ministerial (RM) Nº 0190/2024 el 12 de marzo del año en curso; empero, el Ministerio de Educación lo publicó hace pocos días.
En consecuencia, conforme al artículo 3 de la RM 0190/2024, se abrogó la RM Nº 0473/2021 de 20 de agosto de 2021, que aprobó el ahora desusado Reglamento de Evaluación de Desarrollo Curricular del Subsistema de Educación Regular, que tuvo vigente por más de dos gestiones educativas.
El actual Reglamento de Evaluación tiene por objeto regular el sistema de evaluativo de los procesos educativos en el desarrollo curricular del Subsistema Regular; vale decir, nivel inicial, primario y secundario de unidades educativas fiscales, privadas y de convenio.
Los cambios del actual Reglamento de Evaluación (en relación con el anterior) se circunscriben en algunos elementos de fondo; por ejemplo, la asistencia de los estudiantes deberá ser puntual, obligatoria, ineludible e indelegable, siendo causal de valoración. En el caso de inasistencia, la misma deberá ser justificada oportunamente, debiendo los maestros aplicar adaptaciones curriculares para solucionar los desniveles de aprendizaje.
En ese marco, en el caso de estudiantes en situación de embarazo, gozarán de licencia temporal antes y después del parto, en sujeción al respeto irrestricto del derecho a la educación.
Ahora bien, en el caso de la escala de valoración de las dimensiones para el nivel primario y secundario, ahora se contemplan en el Ser: 5, Saber: 45, Hacer: 40, Decidir: 5 y la autoevaluación se reduce a 5, haciendo un total de 100 puntos.
Consiguientemente, la autoevaluación deberá estar orientada a la valoración de las dimensiones del Ser y Decidir, realizándose de forma paralela a la evaluación trimestral, en la cual los estudiantes deberán asumir con responsabilidad y honestidad dicho proceso.
En el caso de las formas de evaluación, se adiciona los logros de aprendizaje, que deberá realizarse al finalizar el primer, segundo y tercer trimestre, instancia que permitirá a los maestros diseñar estrategias inmediatas de nivelación de contenidos y principalmente solucionar las dificultades cognoscitivas de los estudiantes.
Por tanto, el novísimo Reglamento de Evaluación que contiene II Títulos, VI Capítulos, 74 Artículos, 7 Disposiciones adicionales y una Disposición Transitoria, ya entró en vigencia, debiendo ser aplicada y cumplida por directores, maestros, estudiantes, madres y padres de familia del Subsistema Regular.

El autor es Magister en Políticas de Formación Docente.

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