martes, abril 23, 2024
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Doce decretos y resoluciones flexibilizan exploración y explotación de hidrocarburos

El gobierno de Luis Arce aprobó durante la gestión 2022, al menos seis decretos y seis resoluciones ministeriales para soltar el chaleco de fuerzas del sector hidrocarburífero y la Ley 3058, sin necesidad de pasar por el Legislativo, con el fin de flexibilizar al límite las condiciones y mecanismos de exploración y explotación de hidrocarburos, atraer inversiones extranjeras y facilitar la importación de combustibles líquidos.

Durante la reciente rendición de cuentas final de la gestión pasada, el ministro de Hidrocarburos, Franklin Molina mencionó, la normativa Upstream aprobada para la fase de exploración y producción, como la Downstream, para la fase de comercialización, importación y refinación.

“El Ministerio de Hidrocarburos y Energía tiene las funciones de planificación de política energética y dentro de esos ámbitos que competen al Ministerio de Hidrocarburos  es el desarrollo normativo, se han elaborado distintas normativas de incentivos a nuevas inversiones, incremento del número áreas reservadas en favor de YPFB que ahora son 104”, justificó el titular del sector.

En el sector del Upstream mencionó con el DS 4467 del 10 de febrero de 2022, que modifica el reglamento de unidades de trabajo de exploración de hidrocarburos ampliando las actividades que califican como tales para la exploración.

Desde los territorios indígenas, diferentes niveles académicos, organizaciones no gubernamentales y periodistas, se advirtió que la consulta previa libre e informada se limitó a ser una mera acción administrativa sin efectos decisivos, y que desde el Gobierno de Evo Morales, no solo que se puso en subasta 100 áreas de exploración, sino que se flexibilizaron las condiciones para las actividades petroleras.

El DS 4825 del 16 de noviembre de 2022, según Molina, permite una mayor fluidez en cuanto mayor ejecución de diferentes proyectos exploratorios, que faciliten a su vez, el desarrollo no solo la inversión de los planes de trabajo en los contratos de servicios petroleros, sino también el desarrollo de los distintos estudios.

“A su vez estos estudios facilitan la actividad exploratoria y lógicamente reducen tiempos, mejoran mecanismos administrativos, y a su vez mejoran la inversión en el sector petrolero”, afirmó.

El artículo 1° de dicho proyecto señala: “Con la finalidad de aplicar las nuevas tecnologías emergentes en las actividades de exploración de hidrocarburos, el presente Decreto Supremo tiene por objeto realizar modificaciones al Reglamento de Unidades de Trabajo para la Exploración, aprobado por Decreto Supremo N° 28393, de 6 de octubre de 2005, modificado por el Decreto Supremo N° 3601, de 20 de junio de 2018”.

“Se ha procedido con distintas resoluciones ministeriales a la actualización del valor monetario de las Unidades de Trabajo de Exploración (UTE), a partir de la resolución 039/2022 se incorporan criterios de oportunidades de mercado para la comercialización de gas natural”, indicó.

En esa línea explicó que el Reglamento del artículo 33 de la Ley de Hidrocarburos 3058 establece requisitos, procedimientos y lineamientos para la autorización de la ejecución de reconocimiento superficial, con el propósito de promover el aprovechamiento de los recursos estratégicos.

Con el decreto reglamentario 4738 del 15 de junio del año pasado y la resolución 068/2022 se establecen lineamientos para la ejecución de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos.

El artículo 3 de dicho decreto adopta nuevas definiciones para la autorización de la ejecución de reconocimiento superficial, considerando al área libre, como toda superficie del territorio boliviano que no tiene un contrato de servicios petroleros vigente, ni es un área reservada a favor de YPFB.

La norma considera además a la autorización como un simple acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Hidrocarburos a través de una resolución otorgará permiso al solicitante, para ejecutar el reconocimiento superficial conforme al programa de trabajo que presente.

El solicitante no tiene que ser una empresa petrolera con experiencia, sino simplemente una persona individual o colectiva, nacional o extranjera, de derecho público o privado, que solicite la autorización para ejecutar el reconocimiento superficial con fines exploratorios y el titular es quien ya cuenta con un contrato de servicios petroleros con YPFB.

Acotó que con la resolución 077/2022  se aprobó el manual de procedimiento para la elaboración de propuestas normativas de actividades de exploración y explotación procedimiento de propuestas normativas de exploración.

NORMATIVA DOWNSTREAM

La normativa el área del Dowstream, que tiene que ver con el sector transporte, almacenaje, industrialización y comercialización, también fue destaca por el titular de Hidrocarburos quien explicó que se trata de dar las condiciones para la importación de petróleo crudo. En ese orden dijo que con DS 4661 del 19 de enero de 2022, se pretende ahorra 150 millones de dólares en importación de hidrocarburos.

El artículo primero de dicho decreto, establece condiciones para la importación de petróleo crudo por parte de YPFB, así como el tratamiento tributario y arancelario para este propósito, además de autorizar la subvención a la importación de petróleo crudo.  Mientras que el artículo sexto difiere a cero por ciento (0%) el Gravamen Arancelario a la importación de petróleo crudo correspondiente a la partida arancelaria Nandina 2709.00.00.00, hasta el 31 de diciembre de 2022.

“Así también los reglamentos de importación de petróleo a través de la resolución 019/2022, se declara de interés nacional la operación de oleoductos y poliductos conforme a las políticas de transporte de la resolución 067/2022”, dijo.

Con el DS 4773 se autorizó de manera excepcional y por única vez a YPFB, utilizar fondos del FonGas para la importación de combustibles líquidos, mientras que con la resolución 074/2022 se fijaron los aspectos técnicos para  de gas base 80 aspectos técnicos para la gasolina base 80 en cumplimiento a la disposición adicional del DS 3672.

También se modificó la definición de categoría industrial del uso del gas natural como combustible en los establecimientos industriales.

“Este decreto en ningún momento coarta el uso del gas natural para la industrialización, lo que se establece son condiciones para el uso del gas (…). ¿Qué descubrimos?, muchas de las empresas estaban usando el gas para la generación eléctrica, y alguna empresa decía que les representaba el 48% del costo de operación”, señaló.

En esa línea dijo que se identificaron a 100 empresas que usaban el gas natural para la generación de electricidad y no declararon su uso, por lo que se les pidió que se conectaran a la red eléctrica. “A eso no se llama eficiencia energética”, dijo.

MEDIDAS DESESPERADAS

Para el investigador y experto en extractivismo, Jorge Campanini, las medidas adoptadas por el Gobierno están mostrando que hay una crisis muy fuerte en el sector hidrocarburífero, que el descenso de la producción, el descenso de la exportación es algo muy sentido.

«Los campos en declinación lo han reafirmado y estamos ante una evidente crisis, y en este contexto se están tomando medidas desesperadas, y se han tomado desde el 2014 que fue la primera ola de la modificación del marco normativo, la primera gran flexibilización en áreas de hidrocarburos, y ahora podemos decir que se viene otra ola de normas», señaló.

El también experto del Centro de Documentación e Información Bolivia (Cedib)  dijo que lo que mostró el Ministro Molina con las modificaciones y adecuaciones en el Downstream es igual a decir: » importemos líquidos como sea, que entren sin impuestos, que los ductos sean de prioridad nacional, que entre lo más que se pueda, hay que meter todo porque no tenemos petróleo».

En cuanto al Upstream sostuvo que el mensaje del Gobierno es «exploremos donde sea y como sea; porque está mostrando una desesperación, la crisis está llevando a tomar medidas desesperadas, el hecho de que ratifica de que las áreas protegidas no es una limitante. Habló de Tariquía, del contrato de San Telmo Norte, San Telmo Sur, Astillero, habló de de la Amazonía de los proyectos en marcha».

En esta crisis estructural del sector hidrocarburífero dijo el Gobierno está llevando al país a una «segunda oleada de transformación normativa», para flexibilizar las condiciones y requisitos para explorar y explotar, para que los límites sean cada vez menores, y que en estas condiciones quienes salen perdiendo son comunidades indígenas y áreas protegidas. (Brújula Digital)

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