Parte II
La misma solicitud de la empresa The Antofagasta (Chili) & Bolivia Rail Way Co. a la Prefectura de Potosí contiene:
A) Un expreso reconocimiento a que el propietario indubitable de estas aguas es Bolivia.
B) También es una confesión expresa de la inexistencia de un río de curso internacional transfronterizo.
Si hubiera existido el río trasfronterizo de curso sucesivo, como afirma la fértil imaginación chilena, que ha convertido un asunto de la esfera particular entre una empresa privada solicitante de la concesión de esas aguas a su legítimo propietario, Bolivia, y la Prefectura de Potosí, a un asunto entre estados, al haber, primero nacionalizado la empresa inglesa, solicitante de la concesión y, posteriormente privatizarla. Tengamos presente que la concesión del uso de sus aguas no es una transferencia del derecho propietario. La actual demanda de Chile sería un insulto a la inteligencia británica de esa época, pues, ésta debería haber hecho su petición de concesión a las respectivas autoridades chilenas, pues estas aguas ya discurrirían –según Chile– libremente en su territorio y serían aguas de su soberanía.
C) El tercer elemento que surge de la solicitud de concesión de las aguas del Silala a la Prefectura de Potosí, desmorona por sus incongruencias y falsedades la demanda de Chile contra Bolivia que se ventila en el Tribunal Internacional de Justicia en La Haya. Efectivamente, en las partes pertinentes de la solicitud se dice: “… Que en la provincia Sud Lípez próxima a la frontera, existen unas vertientes que forman el río Siloli, que corren en territorio chileno…”. Comentario: si ya corrían estas aguas en territorio chileno, para qué se hizo la solicitud de concesión. “…Haciendo obras de CAPTACIÓN y CANALIZACIÓN, podría utilizarse las dichas vertientes, aunque con COSTO CRECIDO y la ampliación de su línea …”. Comentario: prueba de que no existía el supuesto río que discurría libremente hacia Chile y que sólo haciendo obras de captación y canalización con costo crecido se forzarían a esas aguas que apenas alumbraban incipientemente a la superficie hasta formarlo, gracias a estas obras de ingeniería hidráulica superficial y subterránea. Por otra parte, mi mandante ofrece “…dejar para el uso público la tercera parte de las aguas que logre CAPTAR o REUNIR, debiendo advertirse que la obra proyectada hará utilizables aguas que hoy SE PIERDEN SIN BENEFICIO PARA NADIE…”. Comentario: o sea que solo con la realización de las obras hidráulicas y de captación en territorio boliviano, recién se formaría un flujo de agua cuyo caudal no conocían –prueba de la inexistencia del río de curso sucesivo– para transportarlo a Chile vía canaletas, tuberías metálicas y mampostería.
D) La solicitud de The Antofagasta (Chili) & Bolivia Rail Way Co. dice: “…Para el uso EXCLUSIVO en las locomotoras a vapor del servicio ferroviario…”. Comentario: solemne mentira, pues de inicio estas aguas fueron usadas para ser comercializadas en algunas poblaciones del norte chileno que habían agotado sus propias aguas al servicio de la minería chilena.
E) También el ingeniero Daniel Oropeza tiene el tino de mencionar que la demanda de Chile a Bolivia, planteada al Tribunal de Justicia Internacional con sede en La Haya, se ha efectuado al amparo de la nueva legislación de Naciones Unidas sobre el uso de aguas con fines distintos a la navegación, que están vigentes recién desde 1997 a las que Chile se adscribió, no así Bolivia.
Irónicamente, Bolivia fue uno de los países que impulsó en las Naciones Unidas que se declare al agua como un derecho humano, existiendo nueva legislación internacional desde 1997, sobre el uso del agua dulce, para fines diferentes a los tradicionalmente navegables, aclarando que estas nuevas disposiciones no afectan el derecho de propiedad ab initio que tiene Bolivia sobre las aguas del Silala y agregando que el agua dulce, donde ésta se encuentre, tiene un precio por unidad de volumen que debe pagar quien la consuma.
F) El libro sostiene que tratándose de una cuestión jurídica la que debe resolver el Tribunal Internacional de Justicia, decisión que debería estar basada en elementos fundamentalmente científicos y técnicos y siendo que las partes han presentado sus argumentos y estudios técnicos respectivos apoyando su tesis de demanda y defensa, respectivamente, sugiere que Bolivia plantee a este tribunal que antes de su fallo y para sustentar que éste sea lo más ecuánime y ajustado a la moderna concepción de los derechos humanos, entre los que Bolivia ha sido uno de los países que propugnaba considerar el agua como un derecho humano, este alto tribunal de Naciones Unidas contrate los servicios independientes de una empresa internacional, reputada no solo por su solvencia técnica especializada en las materias en polémica y discusión, sino con un impecable comportamiento ético en sus trabajos, utilizando moderna tecnología, como la que proporciona, por ejemplo, la tecnología LIDAR que, mediante el uso de un dron dotado con cámaras fotográficas de alta resolución, escanea la superficie y debajo de ella, mediante el uso de un láser electrónico que mediante un software informático develará con todo detalle las obras de ingeniería hidráulica superficial y subterránea realizadas por The Antofagasta (Chili ) & Bolivia Rail Way Co., captación y canalización que forzaron al incipiente alumbramiento o afloramiento superficial de estas aguas a formar un flujo para su traslado al territorio chileno, aprovechando la pendiente natural y forzada del territorio. Este trabajo deberá ser realizado en territorio boliviano y chileno en toda su área de influencia.
Los bolivianos deberíamos esperar del gobierno nacional que ha encarado este juicio ante el Tribunal Internacional de Justicia en La Haya con la debida planificación, organización y ejecución en busca del objetivo que es ganar el juicio. El optimismo racional está consciente de que el logro de su objetivo está lleno de obstáculos de diversa naturaleza y que debe enfrentarlos con entusiasmo y un gran sentido de la realidad y con pleno y absoluto conocimiento de las pruebas que adjuntará el demandante para sostener sus argumentos y rebatirlos con sapiencia e inteligencia. Es lo menos que esperamos del gobierno nacional en sus alegatos orales en abril próximo.
