Del trascendental discurso pronunciado por el Libertador Simón Bolívar, al enviar desde Lima al Gral. Sucre, el “Proyecto de Constitución para República de Bolivia” (publicada en Caracas) para ser presentado y leído en el Congreso Constituyente de 25 de mayo de 1826, se puede deducir las ideas constitucionales que se nutrió de la filosofía del Siglo XVIII, de la Constitución Norteamericana y de la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
En este documento histórico se consagró las cuatro grandes categorías recogidas por norteamericanos y franceses: “Libertad, Igualdad, Propiedad y Seguridad”.
De los lineamientos generales de la Constitución de efímera vigencia, se puede colegir estas características: “La Soberanía del Pueblo es la única autoridad legítima de las naciones”, es decir que la soberanía emana del pueblo, para mantenerlo fiel al régimen republicano.
También incluyó el principio del sufragio para la elección de funcionarios públicos. Pero un voto restringido, porque “un pueblo ignorante es un instrumento ciego de su propia destrucción: la ambición, la intriga abusan de todo conocimiento político, económico o civil: adoptan como realidades las que son puras ilusiones; toman la licencia por la libertad, la traición por el patriotismo, la venganza por la justicia”. Una democracia ideal es imposible en pueblos constituidos por multitudes sin educación política.
Entonces, los pueblos estaban diezmados por las guerras, y permanecían bajo el régimen de la esclavitud, no sabía leer ni escribir, no tenían rentas, ni arte, ciencia o profesión conocidos. Ante esta realidad social, a Bolívar no le quedó otra opción que estimular en los hombres el amor al estudio y al trabajo, el sufragio que preconizaba lo hubiera conducido fatalmente al establecimiento de una República oligárquica, aristocrática y conservadora.
Recuérdese que para ser ciudadano activo se requería poseer una propiedad raíz de considerable valor; para ser elector, diputado y senador se debía tener un ingreso mensual alto.
Finalmente, se propuso una “República Unitaria”, que consagra el centralismo, y un Poder Ejecutivo con vigor y la fuerza necesaria para contener dentro de justos límites los embates de la libertad, puesto que “en la República el Ejecutivo debe ser el más fuerte porque todos conspiran contra él”.
La Constitución Boliviana, quedó integrada por 152 artículos, en esta forma:
Título I.- “De la Nación”, con dos capítulos; “Nación Boliviana independiente” y “Territorio”.
Título II.- “Del Gobierno”, con dos capítulos; “Forma de Gobierno, Popular representativo”, y “De los bolivianos”, “La soberanía emana del pueblo”, “Los Bolivianos son libres” y “Para ser ciudadano se debe cumplir con varios requisitos”.
Título III.- “Poder Electoral”, con dos capítulos; “Elecciones”, “Cuerpo Electoral”.
Título IV.- “Poder Legislativo”, con cinco capítulos; “División, atribuciones y restricciones”, “Cámara de Tribunos, Senadores, Censores” y “Formación y promulgación de las leyes”.
Título V.- “Del poder Ejecutivo”, con tres capítulos; “Presidente”, “Vicepresidente” y “Secretarios de Estado”.
Título VI. – “Del Poder Judicial, con cinco capítulos; “Atribuciones”, “Corte Suprema”, “Cortes de Distrito”, “Partidos judiciales” y Administración de Justicia”.
Título VII.- “Régimen Interior de la República”.
Título VIII.- “Fuerza Armada”.
Título IX.- “Observancia de la Constitución”, con dos capítulos: “Reforma de la Constitución” y “Propuesta y responsabilidad de los empleados”.
Título X.- “De las Garantías”.
En conclusión, defendamos la unidad del país, en estos momentos de crisis económica y social, siempre con respeto a las leyes y sus instituciones democráticas, para alcanzar una convivencia pacífica y el entendimiento común entre la ciudadanía de Bolivia.
El autor es abogado.
