La aplicación de un precio diferenciado para determinados consumidores de diésel podría generar incentivos para la reventa irregular y la aparición de circuitos paralelos de comercialización, advirtió el analista económico Oswaldo Irusta Díaz al evaluar los alcances del Decreto Supremo 5676.
La norma autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) a comercializar diésel a clientes directos y grandes consumidores (Gracos) bajo un precio referencial, mientras que las estaciones de servicio y puestos de venta podrán hacerlo con los denominados usuarios directos. Para los demás consumidores, el decreto mantiene invariables los precios finales regulados.
El Gobierno aclaró que transportistas y particulares continuarán pagando Bs 9,80 por litro. En tanto, el Decreto 5676 fijó inicialmente en Bs 18 el litro para las categorías comprendidas en el nuevo régimen.
Sin embargo, los Bs 18 no constituyen un precio definitivo. El decreto establece que se trata de un Precio Referencial Inicial, incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que regirá hasta que se aplique la metodología que deberá aprobar el Ministerio de Hidrocarburos y Energías. Posteriormente, el ente regulador deberá establecer y publicar diariamente el precio referencial del diésel, tomando en cuenta los costos de importación y los impuestos correspondientes.
Irusta Díaz consideró que el nuevo esquema constituye una liberación parcial del precio del carburante y señaló que, en el corto plazo, podría contribuir a reducir la presión sobre el abastecimiento y facilitar el acceso al combustible para actividades productivas.
A su juicio, uno de los posibles efectos favorables sería disminuir la dependencia de determinados sectores productivos del diésel vendido al precio regulado, particularmente en momentos de elevada demanda como la zafra en el oriente del país.
No obstante, el analista advirtió que mantener dos niveles de precios puede generar un incentivo económico para desviar combustible adquirido a menor costo hacia compradores dispuestos a pagar valores superiores.
Entre Bs 9,80 y Bs 18 existe una diferencia de Bs 8,20 por litro, equivalente a aproximadamente 83,7% respecto al precio regulado. Díaz Irtusta señaló que esa brecha puede favorecer prácticas de reventa informal y desvío del carburante.
“El riesgo del DS 5676”, según el economista, está en que la diferencia de precios pueda propiciar “reventa informal, mezcla de combustibles, contrabando interno y redes paralelas de distribución”.
También sostuvo que la decisión gubernamental refleja el creciente peso fiscal de la importación de combustibles. Este aspecto sí aparece expresamente considerado en el decreto, cuyo artículo primero señala que la norma busca disminuir la carga fiscal asociada al costo de las importaciones realizadas por YPFB.
Para Irusta Díaz, el principal desafío del nuevo régimen será evitar que la diferencia entre el precio regulado y el precio referencial incentive la reventa, el desvío del combustible y la formación de mercados paralelos, mientras el Gobierno busca reducir el costo fiscal de las importaciones y mejorar el abastecimiento de diésel.
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