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SIN señala que operaciones en dólares deben registrar tipo de cambio del día

Toda factura, nota fiscal o documento equivalente, sujeto al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y cuyas operaciones se realicen en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera, deberá registrar obligatoriamente el Tipo de Cambio Oficial (TCO) vigente a la fecha de la transacción, según las publicaciones oficiales del Banco Central de Bolivia (BCB).
Con esa medida, aprobada mediante Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000026, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) está asegurando que las transacciones comerciales en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera sea la correcta y exista transparencia en el momento de la emisión de cualquier documento fiscal.
La mencionada normativa modifica el parágrafo IX del Artículo 25 de la RND 102100000011 (Sistema de Facturación). Esta actualización responde a las nuevas directrices del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, que mediante la Resolución Ministerial 245 determinó un régimen cambiario flexible y a la Resolución 88/2026 del BCB, que aprueba los procedimientos para fijar el Tipo de Cambio Oficial del Boliviano respecto al dólar estadounidense.

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