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Gobierno reduce arancel en 5% a todas las importaciones

Gobierno reduce 5% del Gravamen Arancelario (GA) para todas las importaciones, de acuerdo con el Decreto Supremo Nº 5646, promulgado por el presidente Rodrigo Paz, y entrará en vigencia a partir del 6 de julio, además estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027. La medida obedece a reducir impactos por el nuevo régimen cambiario flexible.
“Se reducen hasta el 31 de diciembre de 2027, las alícuotas del Gravamen Arancelario (GA) en cinco por ciento (5%), para la importación de mercancías de todo el universo arancelario del Arancel Aduanero de Importaciones 2026”, se lee en el Artículo Único del decreto.
Según el detalle establecido en esa norma, se reduce una alícuota del 40% al 35%, del 35% al 30%, del 30% al 25%, del 25% al 20%, del 20% al 15%, del 15% al 10%, del 10% al 5% y del 5% al 0%.
La norma consta de una Disposición Adicional Única, Disposiciones Transitorias y Disposiciones Finales. Esta última señala que el presente Decreto Supremo entrará en vigencia a los seis días del mes de julio de 2026.
Esa nueva normativa fue firmada el lunes 29 de junio por las autoridades del Gobierno. En pasados días, el presidente del Estado, Rodrigo Paz, informó que ante el golpe de los bloqueos de caminos que se extendieron por más de 50 días, entre mayo y junio, el Gobierno nacional prepara medidas de alivio económico.
El domingo, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, José Gabriel Espinoza, explicó que las nuevas medidas de reactivación para los afectados por los bloqueos, buscarán recuperar el capital de trabajo, la facilitación de trámites y otros beneficios.
La norma sostiene que esa decisión responde al establecimiento de un régimen de tipo de cambio flexible del boliviano respecto al dólar estadounidense. En ese contexto, el Ejecutivo considera necesario aplicar medidas arancelarias y aduaneras para reducir el impacto que este cambio pueda generar en los costos de importación y favorecer a los consumidores finales.
Una vez concluida la vigencia de esas modificaciones temporales, las alícuotas se adecuarán a los plazos y porcentajes establecidos en el Decreto Supremo 5646.

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