La Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz otorgó tutela a una acción popular vinculada a los bloqueos registrados en el país, en una decisión que establece lineamientos tanto para los sectores movilizados como para el Órgano Ejecutivo.
El exdiputado Amílcar Barral, impulsor del recurso, señaló que el fallo dispone el levantamiento de los bloqueos al considerarlos incompatibles con derechos fundamentales cuando afectan la circulación, la salud y el abastecimiento. En su interpretación, la resolución también advierte que quienes mantengan estas medidas podrían ser objeto de procesos legales individualizados.
La determinación judicial establece, además, que el derecho a la protesta no ampara el cierre de vías cuando este impide el paso de ambulancias, restringe el acceso a servicios básicos o afecta el normal desplazamiento de la población. Bajo ese criterio, se fundamenta la instrucción de cesar las medidas de presión.
El fallo también instruye al Gobierno a activar mecanismos para garantizar el levantamiento de los bloqueos, priorizando vías de diálogo o acciones pacíficas. Asimismo, contempla la posibilidad de identificar a los responsables de las movilizaciones y eventuales financiadores, con el fin de que sean investigados conforme a ley.
El recurso fue admitido por la Sala Constitucional Segunda de La Paz contra el dirigente de la Central Obrera Boliviana (COB), Mario Argollo, el senador suplente, Nilton Condori y el ministro de Gobierno, Marco Antonio Oviedo.
