Mediante el Decreto Supremo 5619, el Gobierno ha aprobado un reglamento para el control de la calidad de los carburantes que se producen, importan, se transportan y comercializan en el país. Asimismo, se establecen las infracciones y sanciones económicas por la vulneración de la norma.
El reglamento comprende la toma de muestras en diferentes puntos de la cadena y el análisis de laboratorio para controlar la calidad de carburantes, como la gasolina, diésel, Jet Fuel y kerosene.
Establece que las estaciones de servicios no podrán realizar la comercialización de los combustibles, hasta la recepción de los resultados del análisis completo que cumpla las especificaciones de calidad.
El decreto determina un régimen de infracciones leves, graves y muy graves. En esta última categoría, se enmarcan irregularidades como adulterar los carburantes o distribuir combustibles que no cumplan las especificaciones.
Norma incluye sanciones económicas
Ejecutivo aprobó reglamento para control de calidad de carburantes
> Castigarán las faltas leves con 3.000 UFV, mientras que las muy graves con 200.000 UFV, según el volumen comercializado.
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