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Mientras esté vigente

Cumplimiento de la actual ley electoral es obligatorio

TSE señala que todas las determinaciones asumidas durante el actual proceso electoral, se adoptan en estricto apego al ordenamiento jurídico vigente, independientemente de estar o no de acuerdo con su contendido.
Ante la polémica y las dudas generadas por actores políticos respecto a la suspensión de la segunda vuelta electoral para la Gobernación de La Paz, desde el Tribunal Supremo Electoral (TSE), se precisó que esta determinación se enmarca en la vigente Ley de Régimen Electoral, de cumplimiento obligatorio, el no respetar la norma deriva en la comisión de un delito.
Asimismo, se recordó que, pasada la segunda vuelta del proceso electoral subnacional, el Órgano Electoral hará entrega a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) de una propuesta que modifique el actual marco legal.
“Mientras estas disposiciones se encuentren vigentes, su cumplimiento es obligatorio, el no hacerlo deriva en la comisión de un delito”, señala una publicación en la página oficial del Órgano Electoral.
En la nota, además, se reitera que todas las determinaciones asumidas durante el actual proceso electoral, se adoptan en estricto apego al ordenamiento jurídico vigente, independientemente de estar o no de acuerdo con su contendido, siendo su cumplimiento obligatorio para garantizar la legalidad del proceso electoral.
El pasado 1 de abril, la Sala Plena del TSE, aceptó la declinatoria de la organización política Nueva Generación Patriótica (NGP) para participar en la segunda vuelta por la Gobernación del departamento de La Paz. “En consecuencia, la realización de la segunda vuelta en este departamento quedó sin efecto”.
La normativa vigente permite a cualquiera de las fuerzas habilitadas para la segunda vuelta declinar su participación, figura contemplada en el artículo 64 de la Ley de Régimen Electoral. De darse el caso, el TSE debe proclamar como vencedor del proceso a la candidatura de la otra fórmula.
“Cabe recordar que, con esta ley, ya se realizaron tres elecciones generales y tres elecciones subnacionales hasta la fecha, sin que haya existido observación sobre estas disposiciones por parte de los actores políticos, exlegisladores o analistas”, se señaló.
Respecto a la forma de presentar una declinación, se precisó que NGP presentó un documento notariado mediante su delegado político acreditado, en el que comunicó formalmente al TSE que, la decisión de no participar en la segunda vuelta fue adoptada por todos los miembros de su Comité Ejecutivo Nacional, conforme a los mecanismos, procedimientos internos y la normativa vigente.
“El argumento se basa en que el candidato habría cortado todo tipo de comunicación interna con el Comité Ejecutivo y la militancia”.
En ese sentido, se reiteró que uno de los principios rectores del Órgano Electoral es el principio de legalidad, que dispone el cumplimiento de la ley y reconoce expresamente el derecho de una organización política a declinar su participación en segunda vuelta.
“El TSE está obligado a actuar en estricto cumplimiento de la ley. No hacerlo implicaría incurrir en responsabilidades legales, como incumplimiento de deberes y la emisión de resoluciones contrarias a la Constitución y a la normativa vigente”, sostiene el ente electoral.
Sobre algunos cuestionamientos que observan el tiempo con el que el TSE asumió una determinación en este tema, se aclaró que es deber del Órgano Electoral brindar certidumbre a la ciudadanía sobre las decisiones de importancia que se asuman en torno al proceso electoral, tomando en cuenta que se deben ejecutar una serie de actividades logísticas y operativas antes de la jornada de votación, como el sorteo de franjas, designación de jurados electorales, contratación de servicios y la producción de material electoral para todos los departamentos involucrados.
“Tomar una decisión oportuna fue indispensable para no afectar la planificación integral del proceso electoral ni generar perjuicios administrativos o económicos”, agrega.
Además, en respuesta a los criterios que piden al TSE atender al excandidato René Yahuasi para escuchar su posición, el ente electoral recordó que la relación institucional se establece exclusivamente con las organizaciones políticas, a través de sus delegados acreditados.

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