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Uruguay

Aprueban la primera ley de eutanasia de Latinoamérica

> Tras un recorrido legislativo de cinco años, el Senado habilita la muerte digna en casos de enfermedad incurable y sufrimiento extremo.

Uruguay se sumó este miércoles a la reducida lista de los países del mundo que permiten la eutanasia, convirtiéndose en el primero de América Latina en aprobarla por ley. Después de un intenso debate de diez horas, 20 de los 31 legisladores presentes votaron a favor del proyecto de ley Muerte digna.
Así se cierra un recorrido legislativo que duró cinco años y que atrajo la atención de muchos sectores del país sudamericano de 3,5 millones de habitantes.
Según la consultora Cifra, el 62% de los uruguayos estaba a favor de esta ley.
El texto aprobado permite que adultos psíquicamente aptos en la etapa terminal de una enfermedad incurable e irreversible, o que padezcan un sufrimiento insoportable, tengan la opción de elegir la eutanasia y que esta sea realizada por un profesional de la salud.
“Transcurrir con dignidad el proceso final de la vida, cursando una enfermedad intratable, incurable, irreversible, con sufrimiento insoportable y con grave y progresivo deterioro de la calidad de vida no es un delito”, argumentó el senador Daniel Borbonet, del Frente Amplio.
El proyecto de ley era rechazado por grupos católicos y algunos sectores conservadores de la sociedad uruguaya.
Pero contó con el respaldo de toda la coalición de izquierda progresista del Frente Amplio, dos senadores del Partido Colorado y una senadora del Partido Nacional, ambos de centroderecha.
Aunque Uruguay es el único país latinoamericano que reguló la eutanasia por ley, en otros se despenalizó mediante fallos de la Corte Constitucional.
A continuación resumimos la situación en otros países de la región y el mundo.

COLOMBIA
En Colombia, la muerte asistida fue despenalizada en 1997 y es legal desde 2015, cuando se convirtió en el primer país latinoamericano en permitirla.
En ese momento, un paciente terminal inició un proceso judicial para buscar una muerte asistida, que culminó con la aprobación de la Corte Constitucional.
El Ministerio de Salud colombiano estableció estrictos lineamientos para regular el derecho a la muerte digna en el país.
Estos establecen que el paciente debe tener una enfermedad en estado terminal; considerar que la vida dejó de ser digna, producto de la enfermedad, y manifestar el consentimiento de manera “clara, informada, completa y precisa”.
Además, la ayuda para morir debe prestarla “un profesional de la medicina” con la autorización de un “comité científico-interdisciplinario”.
En julio de 2021, la Corte Constitucional del país extendió el derecho a una muerte digna a quienes padezcan “un intenso sufrimiento físico o psíquico” por causa de una lesión o enfermedad incurable.
Sin embargo, Colombia también cuenta con una figura llamada libertad de conciencia que les permite a los médicos no realizar el procedimiento si este va en contra de sus creencias personales.
De acuerdo con el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en el país “todavía existen barreras dentro del sistema de salud que no permiten que el ejercicio del derecho fluya con normalidad”.
“Entre esos retos se encuentra el desconocimiento sobre los derechos y deberes por parte de los ciudadanos y las entidades del sistema de salud y la burocracia e inoperancia en los procedimientos para recibir las solicitudes y convocar el comité científico-interdisciplinario”, señalan.
Las muertes asistidas siguen siendo raras en Colombia.
Según el Laboratorio DescLAB, entre 2015 y 2023, el último año del que se publicaron datos, se realizaron 692 muertes médicamente asistidas en la nación sudamericana.

ECUADOR
Ecuador se convirtió a principios de 2024 en el segundo país de América Latina y el noveno en todo el mundo en despenalizar la muerte asistida para pacientes en circunstancias extremas.
La Corte Constitucional de Ecuador tomó la decisión después de que Paola Roldán, una mujer con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), pidiera que se le permitiera acceder a una eutanasia activa para poner fin al sufrimiento y la postración que le provocaba la enfermedad.
Tras varios meses de deliberación, la Corte Constitucional emitió el fallo favorable, que contó con el respaldo de siete de los nueve magistrados presentes.
De esta manera se declaró la “inconstitucionalidad condicionada” del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sancionaba con penas de entre diez y 13 años de prisión el homicidio simple, incluyendo los actos de eutanasia.
De acuerdo con la sentencia, la aplicación de la eutanasia activa es constitucional siempre que un médico acceda al pedido de un paciente que haya tomado de manera libre, informada e inequívoca la decisión de terminar con su vida a causa de un padecimiento de intenso sufrimiento proveniente de una lesión corporal grave e irreversible o de una enfermedad grave e incurable.
Esto establece en la práctica un marco legal para la práctica de la eutanasia bajo condiciones reguladas en Ecuador.
La Iglesia católica, a la que pertenece la mayoría de los ecuatorianos, sigue oponiéndose firmemente a la práctica.

OTROS PAÍSES
En Perú, aunque las leyes prohíben la eutanasia, una corte falló en 2021 a favor de la solicitud de Ana Estrada, una mujer que padecía polimiositis, una enfermedad rara y degenerativa, y que reclamaba su derecho a una muerte digna. Su caso se considera como una excepción.
En México, la eutanasia no es legal y varios proyectos de ley para autorizarla fallaron en el Congreso, pero en Ciudad de México y estados como Aguascalientes, Jalisco, Michoacán y Yucatán, entre otros, se permite que pacientes en estados terminales rechacen los tratamientos paliativos, algo que algunos conocen como “eutanasia pasiva”.
La situación es similar en Argentina, donde el Senado aprobó en 2012 una ley que autoriza a rechazar tratamientos que prolongan artificialmente la vida de pacientes con síntomas terminales o irreversibles.
En Chile, también desde 2012, los pacientes en estados terminales pueden rechazar la continuidad de los tratamientos.
En diciembre de 2020, la Cámara de Diputados del país andino aprobó el proyecto de ley de Muerte digna y cuidados paliativos que busca, bajo determinadas condiciones, que una persona pueda solicitar asistencia médica para morir.
En Cuba, a finales de 2023 la Asamblea Nacional aprobó la muerte digna como parte de una legislación que actualiza el marco legal del país para su sistema de salud universal y gratuito.
“Se reconoce el derecho de las personas a acceder a una muerte digna, mediante el ejercicio de las determinaciones para el final de la vida, que pueden incluir la limitación del esfuerzo terapéutico, los cuidados continuos o paliativos y los procederes válidos que finalicen la vida”, sostiene el borrador final de la legislación. (BBC)

Paola Roldán luchó por muchos años y finalmente logró la despenalización de la eutanasia en Ecuador.
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