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Medida afecta a más de 30 medios de comunicación

Sancionan a medios a pesar de la solicitud de la ANP al TSE

A pesar de una solicitud planteada por la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) para dejar sin efecto la sanción económica y el marginamiento como anunciadores en el próximo proceso electoral que afectará al menos a cuatro medios de comunicación independientes, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) sancionó anoche económicamente a más de 30 medios de comunicación por difusión de propaganda fuera de plazo.
El vocal electoral Gustavo Ávila dijo que el TSE cumple con la normativa y aplica las sanciones cuando se vulnera el reglamento que rige todo proceso electoral.
“Nosotros ya hemos sancionado a más de 30 medios por incumplimiento a propaganda, 30 medios con sanción económica. La Asociación Nacional de la Prensa incluso ha reclamado por la cantidad de multa que se ha dispuesto, (pero) nosotros vamos a seguir avanzando en este sentido porque estamos haciendo cumplir la ley”, aseguró en conferencia de prensa.
Según la ANP, el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde) recomendó a la Sala Plena del TSE una sanción a los periódicos El Diario de La Paz, Correo del Sur de Sucre y los portales informativos Urgente.bo y Brújula Digital por la publicación de columnas de opinión, entre el 15 y el 17 de agosto, que favorecieron o afectaron a los candidatos participantes de las elecciones generales.
Sin entrar en detalles de las sanciones y los medios afectados, Ávila recalcó que el Sifde continuará monitoreando y “nosotros vamos a seguir aplicando la norma a los medios de comunicación que infrinjan esto, porque es lo que corresponde”.
Según la ANP, las columnas de opinión no tienen propósito propagandístico y se adecuan al parágrafo segundo del artículo 106 de la CPE que “(…) garantiza a las bolivianas y los bolivianos el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información, a la rectificación y a la réplica, y el derecho de emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión, sin censura previa”.
Los medios independientes cuestionados en el informe del Sifde son defensores de los derechos constitucionales y, en virtud de esas garantías, publicaron los análisis de los columnistas Carlos Valverde (Correo del Sur y Urgente.bo), de Augusto Vera (El Diario) y de Manuel Morales (Brújula Digital).
La Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2000), la CPE (2009) y la Ley de Imprenta (1925) excluyen la censura previa. En consecuencia, la Ley Electoral de 2010 y reglamentos contrarios a estas normas se hallan en flagrante colisión con los derechos citados.
La columna de Valverde, publicada en varios medios, comenta una denuncia ampliamente difundida de un supuesto cohecho electoral que motivó la emisión de un instructivo del TSE (TSE-PRES-SC No. 023/2025) que prohibió el ingreso “al recinto reservado de votación, portando celulares con cámara”.
El informe del Sifde no parece estar en consonancia con la política de transparencia electoral demostrada por los vocales del TSE.
La Organización de Estados Americanos (OEA) señala que el periodismo, en el contexto de una sociedad democrática, representa una de las manifestaciones más importantes de la libertad de expresión e información.

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