sábado, mayo 18, 2024
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Promulgan Ley de Registro de Comercio

El presidente del Estado, Luis Arce Catacora, promulgó anoche la Ley 1398 que en su artículo único establece: “el Registro de Comercio estará bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural”.
La norma contiene dos disposiciones transitorias sobre la creación de una nueva entidad estatal que estará a cargo del Registro de Comercio y la prestación transitoria del servicio a cargo de la Concesionaria, en un plazo que será determinado por el Decreto Supremo reglamentario.
“La creación, organización, funcionamiento y financiamiento de la nueva institución pública a cargo del Registro de Comercio, serán reglamentados mediante Decreto Supremo propuesto por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en un plazo de hasta quince (15) días calendario a partir de la vigencia de la presente Ley”, manda la norma en su primera disposición transitoria.
Según establece la nueva Ley 1398, en su segunda disposición transitoria: “La Concesionaria del Servicio de Registro de Comercio prestará el servicio con normalidad, en las mismas condiciones y obligaciones previstas en el contrato de concesión, hasta la conclusión de la transición del Registro de Comercio a la administración del Estado, en el plazo establecido en el Decreto Supremo reglamentario”.
Asimismo, esta norma deroga el artículo 18 de la Ley No. 2196 de 4 de mayo de 2001, del Fondo Especial de Reactivación Económica de Fortalecimiento de Entidades de Intermediación Financiera. Este apartado establecía que el Servicio Público de Registro de Comercio sería objeto de concesión temporal por el Poder Ejecutivo a favor de personas naturales o jurídicas nacionales de derecho privado sin fines de lucro, mediante el procedimiento de licitación pública.
Con la aprobación de la Ley 1398 de Registro de Comercio, en un plazo de 15 días se conocerán los alcances del Decreto Supremo que contendrán las disposiciones para el funcionamiento de la nueva entidad estatal que tendrá a su cargo la administración del Registro de Comercio y determinará el plazo del proceso de transición.

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