InicioSeccionesOpiniónEl desafío de la minería aurífera

El desafío de la minería aurífera

Rolando Kempff Bacigalupo

La formalización de la actividad aurífera requiere fortalecer la estructura empresarial del sector. Una opción es la transformación voluntaria de determinadas cooperativas en sociedades comerciales, como las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), para facilitar el acceso al financiamiento, atraer inversiones y establecer alianzas con empresas nacionales y extranjeras, dentro del marco legal.
Una estructura más formal también permitiría mejorar la negociación y comercialización del oro, fortalecer su trazabilidad y facilitar el acceso a mercados internacionales, cumpliendo las obligaciones establecidas por las autoridades, incluido el SENARECOM.
La explotación aurífera puede contribuir al desarrollo de Bolivia, pero para ello es necesario combatir la minería ilegal, hacer cumplir las normas ambientales, mejorar la recaudación tributaria y promover la formalización. El Gobierno debe impulsar el diálogo con cooperativistas y otros actores para establecer reglas que permitan aprovechar responsablemente esta riqueza y generar mayores beneficios para las regiones productoras y el país.
El informe de la Fundación Milenio “Hacia una minería sostenible, competitiva e inclusiva” expone un desequilibrio tributario: las cooperativas representan el 58,1% de la producción aurífera, pero aportan apenas el 0,2% de los impuestos. El sector privado genera el 35,1% de la producción y contribuye con el 98,3% de los tributos; Comibol produce el 6,1% y aporta el 1,5%. Estas cifras muestran la necesidad de revisar el régimen de explotación y comercialización del oro para avanzar hacia una mayor formalización y asegurar una contribución tributaria acorde con la actividad.
El impacto ambiental es otro aspecto central. La minería ilegal y las operaciones que incumplen las normas pueden causar graves daños a los ecosistemas y las fuentes de agua. La Ley 1333 de Medio Ambiente establece responsabilidades y sanciones por daños ambientales, y su reglamentación contempla la reparación y restauración de los recursos afectados. Por su parte, la Ley 300 (Ley Marco de la Madre Tierra de 2012) establece responsabilidades frente a la degradación ambiental. El ordenamiento jurídico también prevé sanciones penales para determinadas conductas que dañan el medio ambiente o afectan la salud pública.
Preocupa especialmente el uso de mercurio en la minería aurífera, sobre todo en zonas amazónicas. Estudios y organismos especializados han advertido sobre sus efectos en los ecosistemas y en la salud de las poblaciones expuestas, particularmente por el consumo de pescado contaminado. Por ello, la formalización debe incluir controles ambientales efectivos y mecanismos de trazabilidad del oro.
El atractivo económico de esta actividad es evidente. El precio internacional del oro ha aumentado de manera extraordinaria durante las últimas décadas, convirtiéndose en un activo estratégico y una importante fuente de ingresos para los países productores. El 1 de octubre del año en curso, la onza troy se situó en torno a los 4.177 dólares, tras alcanzar en enero un máximo superior a los 5.500 dólares. En 2000, el promedio anual fue de 279,29 dólares. La valorización continuó durante la década siguiente, impulsada, entre otros factores, por la búsqueda de activos considerados refugio, hasta registrar un promedio cercano a los 1.225 dólares en 2010.
Bolivia tiene un importante potencial aurífero, especialmente en depósitos aluviales, aunque no dispone de una estimación oficial consolidada que permita precisar la magnitud de sus reservas. El Estado debe fortalecer la información geológica y el control de la explotación.
También se debe verificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales. En 2024, la entonces senadora Cecilia Requena cuestionó la aprobación de contratos mineros y observó la ausencia de instrumentos ambientales en determinados casos. Estas denuncias deben ser investigadas y, cuando corresponda, hacer correcciones mediante la aplicación estricta de la legislación.
Finalmente, la Ley General de Cooperativas establece que el trabajo de los socios debe realizarse de manera personal y directa, con las excepciones previstas por la normativa. Cuando una operación alcanza una dimensión empresarial importante, corresponde evaluar si la estructura cooperativa sigue siendo la más adecuada. La transformación voluntaria hacia una sociedad comercial puede ser una opción para facilitar inversiones, mejorar la gestión y avanzar hacia una actividad aurífera más formal, transparente y sostenible.

El autor es economista, Académico de número de la ABCE y presidente de la Federación de Empresarios Privados de La Paz (FEPLP).

ARTÍCULOS RELACIONADOS
- Advertisment -

MÁS POPULARES