El Gobierno estableció nuevas condiciones para facilitar la compra de diésel a pequeños productores agropecuarios, mediante el Decreto Supremo 5698, promulgado el 1 de septiembre.
Los productores registrados en el Régimen Agropecuario Unificado (RAU) o que cuenten con Tarjeta de Control podrán adquirir entre 121 y 2.500 litros de diésel al mes a precio regulado, presentando únicamente su cédula de identidad o la tarjeta, según corresponda.
El Servicio de Impuestos Nacionales enviará cada mes a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) la lista de productores registrados en el RAU. Con esta información, sus cédulas serán habilitadas para la compra.
El combustible deberá ser utilizado exclusivamente para consumo propio. La reventa o transferencia provocará la pérdida de la habilitación o la cancelación de la Tarjeta de Control.
El decreto también amplía hasta el 30 de abril de 2030 el incentivo tributario para la importación de vehículos con tecnología Flex Fuel, que pueden funcionar con alcohol hidratado o mezclas de etanol.
Además, en un plazo de 60 días, las autoridades deberán establecer las condiciones técnicas para que las estaciones de servicio puedan vender combustible a estos vehículos.
La norma también dispone que los recursos obtenidos por el diferencial de precios del diésel para Usuarios Directos sean depositados directamente a favor de YPFB.
