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Ante vulneración de derechos de la población

Sala Constitucional ordena levantar todos los bloqueos

> Los movilizados deben abstenerse de actos violentos, saqueos, agresiones, uso de explosivos o daños a bienes públicos y privados.

La Sala Constitucional Segunda emitió la resolución 149/2026, ordenando al Gobierno y a los movilizados levantar los bloqueos de inmediato. El exdiputado Amílcar Barral advirtió que, de no acatarse el fallo, se presentará una acción de cumplimiento y se procesará a las autoridades correspondientes.
La resolución señala que el “bloqueo absoluto” de carreteras, caminos, puentes y vías estratégicas no está protegido por el derecho a la protesta social cuando “impide o restringe gravemente la salud, alimentación, agua, educación, seguridad, ambulancias, medicamentos, oxigeno, transporte de pacientes, abastecimiento de mercados, libre circulación mínima o actividades esenciales de terceros”.

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