La Constitución Política del Estado, dispone en el Art. 196. II: “En su función interpretativa, el Tribunal Constitucional Plurinacional aplicará como criterio de interpretación, con preferencia, la voluntad del constituyente, de acuerdo a sus documentos, actas y resoluciones, así como el tenor literal del texto”. Sin embargo, cinco magistrados se autoprorrogaron en sus cargos, de manera ilegal e ilegítima, ya que cometen delito de usurpación de funciones. Hacen resoluciones contrarias a la Constitución, porque su mandato concluyó en 2023. Pero siguen, sin respetar la Carta Magna. Además, el artículo 122 de la CPE expresa que “son nulos los actos de quienes usurpan funciones que no les competen”, lo que podría implicar la nulidad de todas las decisiones tomadas por los magistrados autoprorrogados sin competencia.
El presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Romer Saucedo, pidió que renuncien los magistrados prorrogados o “esperan ser expulsados como usurpadores de la Constitución y las leyes”. Posteriormente presentó una denuncia formal contra esos magistrados ante el Ministerio Público, acusándolos por los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución, las leyes y por usurpación de funciones, contra los acusados: Miguel Hurtado, René Iván Espada, Karem Lorena Gallardo, Isidora Jiménez Castro y Julia Elizabeth Cornejo. La misma fue derivada por la Fiscalía a la Asamblea Legislativa Plurinacional, para que en la Cámara de Diputados se trate el proyecto de ley para cesar a los magistrados autoprorrogados y remitirlo a la Fiscalía tras su aprobación en el Senado. Porque ya no son autoridades, solo son personas naturales, por lo tanto, la Asamblea Legislativa debe remitir el caso a la Fiscalía, para el proceso ORDINARIO, como corresponde.
Hurtado al verse acorralado, conjuntamente con los autoprorrogados, afirmó que su mandato seguirá vigente hasta que sean elegidos por voto sus reemplazantes, desafiando el mandato del soberano. Al mismo tiempo, interpuso en Beni una demanda contra la fiscal Jenny Esther Torrico para frenar el envío del caso a la Asamblea Legislativa. La audiencia concluyó con la negativa de los vocales Charles Fernando Mejía y Marco Antonio Justiniano, felizmente se denegó la tutela a ese Amparo Constitucional, con el que se buscaba anular el requerimiento.
El TCP tiene la Comisión de Admisión, compuesta por tres magistrados, y entre las facultades que tiene está la de emitir medidas cautelares. Y cuando se produzca la salida de los cinco magistrados autoprorrogados, esta Comisión de Admisión garantiza el funcionamiento del TCP, recibiendo las solicitudes que se presenten, como las medidas cautelares y analizar acciones constitucionales. Los cuatro magistrados electos pueden lograr quórum para continuar en funciones o que se cuente también con la participación de sus suplentes, hasta que sean elegidas las nuevas autoridades.
Los actos de los magistrados autoprorrogados del Tribunal Constitucional Plurinacional violan permanentemente la Constitución. Incluyeron la autoprórroga de su mandato y la toma de decisiones judiciales después de su vencimiento legal, lo que ha llevado a denuncias penales por delitos como la usurpación de funciones y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes. Estos actos de vulneración del Estado de Derecho y de la institucionalidad democrática fueron formalizados a través del Auto Constitucional 49/2023, que en la Resolución 4° de la Declaración Constitucional, consolida la prórroga del mandato de las autoridades del Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional. Pero es inconstitucional y viola principios fundamentales, como la separación de poderes, independencia judicial y transparencia, porque se arrogan funciones del Órgano Legislativo, al modificar la Constitución, convirtiéndose en juez y parte con abuso de poder. Y es que solo puede declarar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de normas y NO legislar.
El Soberano con su voto otorgó a la Asamblea Constituyente la elaboración del texto constitucional y con mandato del país que la anhelaba, aprobó el referendo de la Constitución Política del Estado. Pero, los abogados del TCP decidieron burlar la voluntad popular, afectando al Órgano Judicial. Estos usurpadores del Tribunal Constitucional Plurinacional, están ejerciendo funciones, por ello deben ser procesados PENALMENTE.
La autora es Abogada, Economista, ex Asambleísta Constituyente.
