El senador beniano Walter Justiniano en fecha 2 de septiembre de 2025 presentó valerosamente, en la Cámara de Senadores, una iniciativa que trasciende más allá de lo meramente normativo, algo de necesidad moral. Se trata del Proyecto de Ley N° 296/2024-2025 C.S., denominado “Ana”, para Obtención de pasajes aéreos, terrestres y fluviales solidarios para pacientes con Cáncer y Enfermedades Terminales. Un proyecto que busca salvar la brecha entre el derecho a la salud consagrado en nuestra Constitución Política del Estado y la realidad cruda que padecen numerosos bolivianos en situación de extrema vulnerabilidad, particularmente aquellos que luchan contra enfermedades oncológicas y terminales.
El impulso detrás de esta iniciativa legislativa nace de una historia profundamente emblemática, la de “Ana”, una mujer beniana residente en La Paz, cuya batalla contra el cáncer se vio enturbiada por un obstáculo inesperado y desgarrador, la negativa sistemática de las aerolíneas, tanto estatal como privada, que hacen vuelos frecuentes al norte del Beni, a proporcionarle pasajes solidarios que necesita para trasladarse y poder realizar su tratamiento iniciado en el extranjero (Brasil), poniendo en evidencia un vacío legal intolerable. El argumento de negación de la empresa estatal es la responsabilidad social empresarial, bajo su reglamento de ayuda social, sujeto a disponibilidad de espacio y de vuelos en la ruta requerida y la cantidad otorgada que no puede superar el 0.05% al mes, siempre y cuando no sea en temporada alta.
La empresa privada argumenta no estar legalmente obligada y aplica solo su política solidaria en caso de necesidad objetiva, por la que brinda soporte a connacionales en cuestiones de precariedad de salud y económica. Pero en determinadas temporadas disponen la suspensión de los programas de ayuda solidaria, para dar prioridad a la demanda de pasajes pagados. En ambas empresas los programas de apoyo solidario son discrecionales, en la estatal no se cumple lo estipulado en su propio reglamento, dejando la responsabilidad de la carga solidaria a la privada. Y la empresa privada, por los márgenes antes señalados, se ve obligada a aplicar otra política para financiar su actividad propia, con el argumento de la crítica situación económica que atraviesa el país.
El caso de “Ana”, más allá de su dolor particular, ilustra cómo la falta de un mecanismo concreto convierte un derecho fundamental en una promesa vana para quienes deben recorrer kilómetros lejos de su hogar, en busca de una oportunidad de vida.
Si bien nuestro marco jurídico, desde nuestra Carta Magna hasta la Ley General del Transporte, establece la obligación del Estado y de los operadores de servicios públicos de garantizar un trato preferencial a personas con necesidades especiales, esta disposición ha quedado sujeta a la discrecionalidad. La ausencia de un protocolo obligatorio ha permitido que, en momentos de máxima fragilidad, los pacientes y sus familias enfrenten negativas injustificadas y una carga burocrática que añade inhumanidad al ya inmenso peso de la enfermedad.
La Ley “Ana” se presenta como la respuesta tangible a esta necesidad social. Su objetivo es transformar los principios de solidaridad y corresponsabilidad en acciones efectivas, obligando a las empresas de transporte aéreo, terrestres y fluviales a destinar cupos gratuitos, cubriendo los costos como compensación de los impuestos nacionales, y estableciendo un procedimiento ágil y exento de obstáculos administrativos. Las aerolíneas, las empresas de transporte terrestre que prestan servicios nacionales e internacionales, así como las empresas fluviales emitirán el pasaje solidario previa verificación de antecedentes dentro del plazo establecido, no pudiendo negar por ningún motivo injustificado la emisión de los mismos.
Adicionalmente se autoriza a las empresas públicas de servicios de transporte urbano, sean éstas terrestres, ferroviarias o por cable, el facilitar a todos los pacientes con cáncer y enfermedades terminales su traslado gratuito, otorgando una credencial de pase libre, no pudiendo también negar su otorgación, por ningún motivo injustificado. De este modo, la iniciativa honra esta historia personal, la necesidad social y se levanta como una herramienta jurídica esencial para blindar el derecho a la salud.
Este Proyecto de Ley es crucial y ha dado un paso vital al ser enviado por la Comisión de Política Social, Educación y Salud de la Cámara de Senadores en consulta a los Ministerios de Salud y Deportes, Economía y Finanzas Públicas, Obras Públicas, Servicios y Vivienda, siendo imperativo que estos ministerios emitan, a la mayor brevedad, respuesta a la consulta con criterio favorable, allanando el camino para su tratamiento y posterior aprobación en la Cámara de Senadores y pase de manera urgente a la Cámara de Diputados y ésta pueda tratarlo prioritariamente como cámara revisora.
Este no es solo otro trámite legislativo. Es la oportunidad de asegurar que nunca más ninguna persona vea su vida comprometida por la imposibilidad de viajar hacia la esperanza.
Apoyar el Proyecto de Ley “Ana” es, en esencia, garantizar pasajes solidarios como armas poderosas para luchar contra el cáncer y dar una oportunidad para vivir.
El autor es Abogado.
