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Experto jurista

Pacto de San José no permite reelección como derecho humano



Miguel Ángel Rodríguez Mackay, Presidente del Instituto del Derecho y Relaciones Internacionales del Perú.

El presidente del Instituto del Derecho Internacional y Relaciones Internacionales del Perú, Miguel Ángel Rodríguez Mackay, afirmó que el Pacto de San José de Costa Rica no permite la reelección indefinida como un derecho humano de los Jefes de Estado, porque se contrapone al derecho del otro de elegir y ser elegido.

“No existe de manera directa ni indirecta, de manera tacita, sobreentendida o expresa, ninguna mención en la normativa del Pacto de San José de Costa Rica, que avale la pretensión política de que los jefes de Estado y de Gobierno puedan obtener como derecho relevante la reelección indefinida y esto porque subyace inmediatamente, una contraposición y antagonismo con el verdadero derecho de elegir y ser elegido”, dijo en una entrevista con Erbol.

Uno de los argumentos que establece la acción de inconstitucionalidad abstracta, que presentó el oficialismo ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) es que la los artículos que limitan la reelección de una autoridad de la constitución vulnera el artículo 23 de la convención americana de derechos humanos.

El artículo 23 de la Convención de Derechos Humanos establece que “todos los ciudadanos deben gozar de participar en la dirección de los asuntos políticos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas realizadas por sufragio universal que garantice la libre expresión de los electores...”.

MALAS INTERPRETACIONES

Rodríguez dijo que lamentablemente en América Latina, las interpretaciones normativas por la acción dinámica de la ideología y la política, han entendido de una manera ociosa, sesgada y muy interesada el “sensu stricto” de lo que dice la Convención Interamericana de Derechos Humanos y cualquier otro instrumento.

Sostuvo que no es compatible con la Convención, establecer una razón legal para que el Presidente pueda decir, vía este mecanismo, el camino a una reelección indefinida.

Aseguró que las fuentes del derecho internacional no permiten esta visión, donde la reelección indefinida es un derecho humano de los Jefes de Estado, pero además son creativas para darse un espacio supranacional que es la propia Corte Interamericana y la Comisión de Derechos Humanos.

“Nada ni nadie puede arrogarse un acto interpretativo de lo que dice un texto, es la hermenéutica panamericana y tiene lo que se llama en el derecho internacional, una tradición jurídica muy pétrea pero que lamentablemente, que no ha respetado en la región cuando hemos tenido a presidentes exdictadores que se han querido mantener en el poder”, manifestó.

ALTERNANCIA

El prestigioso jurista internacional peruano afirmó que América Latina no es el mejor ejemplo de lo que se significa la alternancia en el poder, que ha sido subordinada por el poder avasallante de los caudillos que han interpretado a su manera y eso no corresponde a la ley, y “por eso terminan siendo los dictadores que han terminado muy mal en la experiencia gubernamental en sus países”.

 
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