Procurador: “Defensor no es quien juzga sobre constitucionalidad”


El procurador general del Estado, Héctor Arce Zaconeta, afirmó ayer desde la Argentina que no corresponde al defensor del Pueblo, Rolando Villena, juzgar sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una norma jurídica, sin embargo recuerda que esta autoridad está facultada a presentar al Tribunal Constitucional Plurinacional una acción abstracta de inconstitucionalidad si tiene dudas o considera que alguna norma ya sea ley o decreto atenta contra el texto constitucional.

"El Defensor del Pueblo es una autoridad constitucional cuya finalidad no es pronunciarse sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una norma, él tiene la finalidad de defender a la sociedad. La labor de juzgar la constitucionalidad o no de una norma es del Tribunal Constitucional Plurinacional, y el Defensor del Pueblo, justamente es una de las cuatro autoridades legitimadas para hacer uso de la Acción Abstracta de Inconstitucionalidad” declaró Arce Zaconeta en entrevista con Panamericana.

Respecto al Decreto Supremo 2366 de 20 de mayo de este año, Héctor Arce dijo que el mismo pretende desarrollar las bases constitucionales establecidas en los artículos 306 y 316 de la Constitución Política del Estado (CPE), referidos a la exploración y explotación de recursos naturales en beneficio de todos los bolivianos, dado su carácter eminentemente estratégico para el desarrollo del país.

Finalmente, Arce dio a conocer sobre su participación como expositor en las jornadas de Soberanía Nacional y Latinoamericana que se realizó en Buenos Aires, Argentina, donde se destacó que Bolivia es el país que durante el gobierno del presidente Evo Morales más nacionalizaciones ha realizado y que más beneficios ha obtenido de las mismas.

Producto de ello, el Estado se ahorró más de dos mil millones de dólares por el pago de indemnizaciones de las empresas nacionalizadas, pero sin acudir al arbitraje internacional, puesto que todos los acuerdos se realizaron por la vía de la conciliación. Esto es algo que llama el interés de la comunidad internacional y fue uno de los motivos por los que se invitó a la Procuraduría a que pueda participar de este evento en busca de conocer las políticas bolivianas y el accionar jurídico sobre las nacionalizaciones.

El defensor del Pueblo, Rolando Villena, considera que el Decreto Supremo 2366 que autoriza el desarrollo de actividades hidrocarburíferas en áreas protegidas del país, está al margen de la Constitución Política del Estado, porque podría violentar la convivencia de los pueblos indígenas.

"¿Este decreto está en el marco de la Constitución? No, ese es el problema central, ese es el problema", afirmó Villena a la ANF, al mostrar su preocupación por los efectos que podría generar el ingreso de las empresas de exploración de hidrocarburíferas en las 22 áreas protegidas que existen en el país.

"La norma fue aprobada el 20 de mayo, establece que el aprovechamiento de los recursos hidrocarburíferos se produce en el marco de su carácter constitucional estratégico y de interés público para el desarrollo del país; vinculado a la reducción de la extrema pobreza en comunidades que habitan las áreas protegidas y la gestión integral de los sistemas de vida".

Esta decisión nuevamente causó que activistas defensores del medioambiente también hagan conocer su oposición al DS 2366.

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