CNE no regulará propaganda vinculada con consulta cruceña
La Corte Nacional Electoral recordó a los medios de comunicación que es la única institución encargada de regular la emisión de propaganda polìtica a esxasos días de la realización de la consulta cruceña para aprobar sus estatutos autonómicos..
La Corte asegura no haber emitido regulación o prohibición especial para la propaganda relativa al acto del 4 de mayo de 2008 en el departamento de Santa Cruz.
Recuerda el artículo 12 y 14 de la Ley de Referéndum, que establece que el máximo órgano electoral es “la única instancia competente para organizar y ejecutar referendos en el país, así como para escrutar y declara sus resultados y para regular el uso de la propaganda en procesos de referendo”.
El comunicado señala que prohibiciones establecidas en el artículo 120 del Código Electoral y disposiciones complementarias, rigen sólo para procesos electorales convocados de acuerdo a Ley.
En ese marco, sostiene que la Corte Nacional Electoral no ha emitido regulación o prohibición especial para propaganda relativa al acto del 4 de mayo de 2008 en el Departamento de Santa Cruz.
Aclara asimismo que las prohibiciones establecidas en el Art. 120 del Código Electoral y disposiciones complementarias, rigen sólo para procesos electorales convocados de acuerdo a Ley.