Bolivia, 28 de marzo de 2008
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Remiten a Congreso Nacional ley de creación de universidad en Montero

(APN).- En la sesión 19ava los diputados rechazaron las modificaciones realizadas por el Senado a la ley de creación de la Universidad Marcelo Quiroga Santa Cruz, por lo que votaron a favor del informe de la Comisión de Desarrollo Humano y determinaron remitirlo al Congreso Nacional para su consideración.

La diputada Maria Gutiérrez (MAS), titular de la Comisión de Desarrollo Humano manifestó que el proyecto de ley de creación de la Universidad “Marcelo Quiroga Santa Cruz” fue remitida a consideración del Congreso Nacional, ante la identificación de contradicciones en el proyecto modificado porla Cámara Alta que impiden su viabilidad.

La parlamentaria masista manifestó que el proyecto de ley fue enviado a la Comisión de Desarrollo Humano para su respectivo análisis y elaboración del informe correspondiente, instancia que realizó las observaciones respectivas.

“Después de revisar las modificaciones realizadas por el Senado Nacional, notamos contradicciones en lo que se refiere a su financiamiento, a partir del segundo año de funcionamiento de esta Casa de Estudios” explicó, la parlamentaria.

El presidente de la Cámara de Diputados Edmundo Novillo se comprometió con agendar este proyecto para la siguiente sesión congresal, por ser muy anhelado por la población universitaria de Montero.

La Cámara de Diputados aprobó el 29 de noviembre de 2006 la creación de una universidad en Montero del departamento de Santa Cruz, que de acuerdo a la norma, deberá brindar educación superior, pública gratuita y con compromiso social con los bachilleres bolivianos, especialmente del norte cruceño y sus áreas de influencia, como también de las comunidades campesinas, indígenas y originarias.

La formación que brindará será en los diferentes niveles académicos y especialidades, además de realizar investigación científica y la correspondiente interacción social con la región y el país.

La supervisión institucional, académica y administrativa deberá estar sujeta a la normativa vigente a través del Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana (CEUB), como organismo central que representa al sistema de las casas superiores en el país. Además, estará evaluada por el Ministerio de Educación y Cultura.

El resto de los artículos disponen las modalidades de control social de la universidad “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, sus instancias académicas, administrativas y estudiantiles, los recursos que apoyarán su funcionamiento y las condiciones impositivas.

A casi un año el Senado Nacional (31 de octubre 2007) aprobó la ley de creación Universidad “Marcelo Quiroga Santa Cruz” con modificaciones y fue devuelta a la Cámara de Diputados para su consideración.

Cada uno de los 12 artículos, más cinco artículos transitorios, que componen la ley de creación de dicha universidad, fueron aprobados por unanimidad por el pleno del Senado.

El artículo 1 de la Ley que autoriza la creación de la Universidad “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, señala:

Artículo 1 (De la Creación). Créase la Universidad Tecnológica del Norte “Marcelo Quiroga Santa Cruz” en la ciudad de Montero, departamento de Santa Cruz, como una institución de educación superior pública, autónoma y gratuita que forma parte del Sistema de la Universidad Boliviana en igualdad académica en relación a las demás universidades, dependiente económicamente del Tesoro General de la Nación y las normas establecidas en la presente Ley, el Acta de Constitución de la Universidad Boliviana y su Estatuto Orgánico.

Asimismo, el artículo transitorio primero indica que esta universidad estará administrada transitoriamente por un rector y un vicerrector por un periodo de dos años y ambos serán seleccionados por el Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana.

 



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