Bolivia, 3 de marzo de 2008
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Agencias de
EL DIARIO

 


Ante acciones de ajusticiamiento por mano propia

Existe carencia de leyes que castiguen los linchamientos

• Entendidos en materia jurídica coinciden en que sea la justicia comunitaria quien sancione esos actos.

La mayoría de casos de linchamiento en el país se produjeron en lo sectores rurales.

La justicia boliviana no encuentra una sanción explícita para los actos de linchamiento, ya que por un lado, la justicia comunitaria contempla los actos de robo y delitos menores, y por el otro, la ordinaria castiga el asesinato y homicidio.

Entendidos en materia jurídica, indican que tanto el Código Penal como de Procedimiento Penal, no contemplan dentro de sus atribuciones el tratamiento del acto de linchamiento, para establecer el tipo de delito y las sanciones que debería dársele.

La justicia comunitaria por su parte, defiende principalmente el derecho a la vida, en ese sentido, no encuentra tampoco dentro de sus alcances, el castigo y sanción para los actos que priven la vida ajena, siendo el robo y otros delitos menores, los únicos dentro de su atribución.

La carencia de una ley que sancione ese acto, hizo que autoridades del sistema judicial, defensores de los derechos humanos, y entendidos en materia jurídica, coincidan en que la justicia ordinaria, sea quien castigue esos actos de violencia como asesinato.

Frente a los recientes hechos de linchamiento, autoridades de Gobierno y población en general reprochan los actos de linchamiento ocurridos con frecuencia en el país, y claman al sistema jurídico impartir la máxima sanción a los culpables.

Ante el reciente linchamiento de tres efectivos policiales, ocurrido el pasado 26 de febrero en la localidad de Epizana, Cochabamba y otros acaecidos en distintas regiones del país, hasta el momento éstos no se han resuelto, mientras autoridades de Gobierno y población en general reprochan y claman justicia para las víctimas.

El ministro de Gobierno, Alfredo Rada, pidió a la Fiscalía esclarecer y encontrar a los culpables del asesinato a los policías, y a las autoridades judiciales castigar duramente a los protagonistas de ese hecho para que sea un acto ejemplarizador ante la sociedad.

Rada calificó de injustificable, la acción de ciudadanos que arremeten contra la vida de policías, sean cual fueren las circunstancias por las cuales se encontraban en el lugar donde fueron ajusticiados, o las acciones que hubiesen cometido.

El viceministro de Justicia y Derechos Humanos Wilfredo Chavez, en su calidad de máxima autoridad representativa y protectora de los derechos humanos en nuestro país, se mostró indignado ante la vulneración cometida por los responsables de actos en contra de la integridad física y moral de las víctimas.

Chavez manifestó que ninguna persona en su condición de víctima puede tomar atribuciones en contra de la vida ajena aunque se trate de un delincuente, el sindicado, tiene derecho a ser juzgado sin ser maltratado física ni moralmente.

Asimismo, indicó que el Ministerio de Justicia y las autoridades de esa instancia, trabajan actualmente en las reformas al Código de Procedimiento Penal, el control de lucha contra la política criminal como instrumento fundamental de planificación nacional y el establecimiento de mecanismos de educación jurídica, para que sea conocida y asumida por la población.

En tanto, el ministro de Justicia Comunitaria, Valentín Ticona, sostuvo que el término de “justicia comunitaria” está mal interpretado al relacionarlo con los hechos de linchamiento, ya que dentro de este sistema jurídico, el principio fundamental es el respeto a la vida

Ticona considera que son unos cuantos grupos de personas las que perdieron el respeto a la vida ajena desconociendo el principio fundamental de la justicia de su comunidad, lo cual los lleva a cometer justicia por mano propia.

Por otro lado, sostiene, que estos grupos no pueden actuar sin un motivo esencial que los lleve a cometer ese tipo de delitos, y que deberían ser las autoridades competentes, quienes investiguen también las causales que los mueve a ese procedimiento.

Ticona al igual que varios sectores de la sociedad, considera que la justicia ordinaria perdió credibilidad en la sociedad, y es esa la razón fundamental para que se produzcan actos equivocados de ajusticiamiento.

DERECHOS HUMANOS

Sobre este tema, los defensores de los derechos humanos sostienen que desde su visión el derecho a la vida ha sido desconocido, vulnerando de este modo el respeto a su integridad física uy moral por aquellas personas que son responsables de tan inhumano hecho.

Aseguran que la única explicación que hallan en estos hechos es que la población no encuentra respuesta a sus demandas legítimas en el sistema judicial, que al parecer no está respondiendo con eficacia a través de sus operadores que son la Policía y el Ministerio Público.

Asimismo, mencionan que Código de Procedimiento Penal tiene algunas deficiencias, muchas de ellas impiden resolver ágilmente la investigación, para que se llegue a un juicio, y finalmente, a una sentencia produciéndose una demora que hace que la gente pierda el entusiasmo que tenía hace años.

Otra explicación, afirman, es que la gente no denuncia y no activa el sistema judicial, lo cual hace que se incremente la cifra negra de delitos.

MINISTERIO DE JUSTICIA COMUNITARIA

Sobre este aspecto, el ministro Ticona, puntualiza que la justicia comunitaria es un sistema de normas y procedimientos que regula la vida social de los pueblos indígenas y originarios.

“Para ello, estamos trabajando en un nuevo decreto para crear cuatro consejos, que a nuestro criterio, pensamos que en lo posterior, permitirán eliminar los linchamientos y reconstituir los derechos y la administración de justicia indígena originaria en nuestro país”, añadió.

Expresó también que la justicia comunitaria a normalmente tiene sus sanciones, normas y procedimientos, los cuales todavía no se está entendiendo en la población.

Dijo que la justicia comunitaria en la mayoría de las comunidades de nuestro país, funciona casi intacta desde hace 500 años, pero en otras ya no, y que a título de justicia comunitaria cometen barbaridades.

Mencionó que estos actos hacen que el resto de la población interprete a los pueblos indígenas como incivilizados que no respetan los derechos humanos.

“Si vemos los principios del pueblo indígena originario y de la justicia comunitaria, podríamos rescatar varios elementos que practican en las comunidades, para que de esta manera su justicia sea reconocida,” acotó.

ABOGADOS PENALISTAS

Varios abogados penalistas consideran que nadie puede por propia mano quitar la vida otra persona o hacerse justicia y que para eso están las normas y leyes que contemplan todo el aspecto jurídico con los cuales se sienten respaldados, y que como abogados deben ampararse y hacer cumplir esas normas.

“Se está aplicando el tema de la justicia comunitaria erróneamente, porque la gente de provincia piensa que ellos tienen la justicia en sus propias manos y quieren ejercitar y sancionar al delincuente sabiendo que es incorrecto, para eso esta la norma jurídica y la ley, para aplicarla sobre estos hechos”, enafatizan.

En su criterio, hay que poner un punto alto para frenar esas acciones, además de reformular el Código de Procedimiento Penal para darle un trato específico a los delitos de linchamiento, debido a la forma en la que se produce ese tipo de muerte, que no se ha consumado directamente, sino que pasa por un proceso de vejámenes y torturas atroces.

En este caso concreto, afirman, “tiene que sancionarse como asesinato a todas las personas que incidieron en el hecho, sean o no directos culpables, existiendo categorías dentro del ordenamiento jurídico para establecer y tipificar a los autores del delito, u otros involucrados dentro de la categorías de encubridores y las demás como cómplices del hecho”.

Respecto a castigos, aseguran que la pena máxima sería de 30 años sin derecho a indulto para los directos responsables, y para los demás, se los tiene que catalogar para establecer las categorías por las cuales serían procesados.

 



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TITULARES SOCIEDAD

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