Bolivia, 18 de octubre de 2007
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Según abogado constitucionalista

Corte de La Paz obró de manera inconstitucional

El abogado constitucionalista, Bernardo Wayar, considera que la Corte Superior de Distrito de La Paz no puede anular una decisión del Senado Nacional, ya que ésta es una atribución exclusiva del Tribunal Constitucional, y por tanto, se ha introducido el tema del juicio de responsabilidades a cuatro tribunos de manera inconstitucional.

Dicho criterio fue vertido a propósito del fallo emitido por la Cámara de Senadores que determinó el archivo de obrados en el juicio deresponsabilidades contra cuatro miembros del Tribunal Constitucional.

Esta decisión fue anulada por la Corte Superior de Distrito de La Paz al pronunciarse en forma favorable ante un amparo constitucional interpuestopor el presidente de la Cámara de Diputados, Edmundo Novillo.

Wayar, junto a otros inminentes constitucionalistas como Jorge Asbún de Santa Cruz; Benjamín Miguel de La Paz y José Antonio Ribera de Cochabamba, forman parte de un selecto grupo convocado por el Senado para hacer consultas respecto a las implicaciones jurídicas del fallo de la Corte del Distrito de La Paz.

El Comité de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados ya dispuso anteriormente el archivo de obrados en el juicio de responsabilidades contra los miembros del Tribunal Constitucional Elizabeth Íñiguez, Artemio Arias, Martha Rojas y Wálter Raña. Sin embargo, los diputados del MAS en una cuestionada sesión, determinaron proseguir con dicho juicio, con lo que el Senado debía constituirse en tribunal de sentencia.

El constitucionalista dijo que si bien toda decisión judicial debe cumplirse, en el análisis preliminar que efectuó junto a sus otros colegas convocados se estableció que existen “muchos vicios de procedimiento” en este tema, por lo que el Senado debe regularizarlos.

Consideró que estos vicios “vienen desde el principio”, es decir, desde la Cámara de Diputados y de no ser subsanados no permitirán que el procedimiento concluya de manera sana. Remarcó que “en derecho se llama vicios procesales sanos que deben repararse, es decir, deben anularse”.

Consultado si el fallo judicial implica un conflicto de poderes, sostuvo que existe esta situación evidentemente se ha presentado “por la intromisión de un poder del Estado de manera indebida”.

“El Poder Judicial se ha introducido de una manera inconstitucional y ha anulado la decisión de una forma que no debería haber hecho, sólo el Tribunal Constitucional tiene facultad para eso”, recordó al respecto.

Wayar indicó también que este problema, posiblemente surgió debido a la aplicación de la Ley del Juicio de Responsabilidades, la cual, remarcó, es inconstitucional por cuanto judicializa un tema que ese esencialmente político. Además, consideró, la ley está deficientemente redactada y, entonces, ha llevado a una serie de problemas que no son de fácil solución.

 



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