Bolivia, 16 de septiembre de 2007
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Constituyente de Podemos:

Asamblea tiene carácter de “institucionalizada”

El asambleísta por Poder Democrático y Social (Podemos), Jaime Hurtado, consideró que la Asamblea Constituyente tiene un carácter de “institucionalizada”, porque fueron diversas instituciones que dieron reglas para su funcionamiento y estructura.

Para Hurtado, presidente de la Comisión de Deberes, Derechos y Garantías, esta figura de ser “institucionalizada” crea dependencias a varias instituciones ya existentes, las cuales pueden dar los márgenes a la Constituyente: como ocurrió con la resolución de pasado sábado de la Corte de Justicia de Chuquisaca.

Según el criterio del asambleísta y también abogado, desde su convocatoria, la Constituyente creó estas dependencias y por eso no es “originaria” como tampoco “derivada”.

Luego agregó que así fuera “originaria” siempre habría instituciones que determinen sus límites que no deben ser afectadas por los redactores de la nueva Carta Magna.

Explicó que existen controles constitucionales al interior de la Asamblea para garantizar el respeto de a derechos individuales y puso de ejemplo la seguridad jurídica y los colectivos como el de petición.

“Estos controladores de la constitucionalidad, no van a ingresar al fondo de sus reformas, pero si a sus formas procedimentales como el Reglamento General y propia la Ley que la convocó”, explicó Hurtado.

El constituyente de Podemos dijo que, basados en este concepto, seis representantes de Chuquisaca presentaron un amparo constitucional, para pedir la protección de sus derechos individuales y colectivos, por una resolución de la Asamblea que, en su concepto, es nula.

“El objetivo del amparo constitucional y su posterior fallo quiere proteger la vulneración de derechos de cualquier constituyente, por cuanto una trabajo como un informe de comisión no puede perder valor o desaparecer por una “iniciativa de disolución como ocurrió el 15 de agosto”.

Detalló que esta resolución de la justicia chuquisaqueña también pretende el respeto del procedimiento interno dentro de la Plenaria y dentro de la administración de la Constituyente, por cuanto no debe atropellarse con actitudes como la del constituyente Macario Tola, de La Paz.

Como conclusión, dijo que con este fallo se busca proteger los derechos y el funcionamiento interno de la Asamblea y de ninguna manera fue algo arbitrario o político

 



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