Al concluir negociaciones entre YPFB y empresas del sector
Anuncian inversión petrolera de $us 587,8 millones ésta gestión
• Resta establecer cuál será la definición conceptual de “costos” que YPFB reconocerá a las petroleras.
Las 12 empresas petroleras que operan en el país, finalmente aceptaron invertir –en conjunto–, como Costos Operativos (OPEX) 333,7 millones de dólares; mientras que en costos de capital (CAPEX), la suma es de 254 millones de dólares.
El anuncio fue dado a conocer por el ministro de Hidrocarburos y Energía, Carlos Villegas Quiroga, junto al presidente interino de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), Guillermo Aruquipa Copa, en conferencia de prensa.
La millonaria inversión anunciada se realizará en lo que resta de la gestión 2007, y cabe destacar que el ministro Villegas informó o que sólo la empresa MatPetrol, de capitales bolivianos, no realizará la inversión prevista para este año; sin embargo, existe el compromiso de esa compañía de hacerlo en 2008.
De esa manera, el Ministro de Hidrocarburos y Energía sostuvo que las inversiones anunciadas por las empresas petroleras para los últimos meses de la presente gestión forman parte de los Planes de Operación que entregaron recientemente a la estatal YPFB las empresas que firmaron los Contratos de Operación.
Ambas autoridades manifestaron que después de un “arduo proceso de negociación” convinieron con la inversión en costos de capital y costos operativos, así como otros gastos administrativos.
Esta información se refleja en los Programas de Trabajo 2007, presentados a YPFB, hasta el 20 de agosto del año en curso.
Un boletín institucional da cuenta que en el marco de la nueva política de hidrocarburos, las empresas petroleras y la contraparte estatal, YPFB, convinieron el desarrollo de la cadena de producción con nuevos emprendimientos en los rubros de desarrollo de campos, volúmenes adicionales de producción y exploración de nuevas áreas en el país; aunque la información no precisa detalles.
Definición de costos
En la aprobación de la Ley de Desarrollo del Sector de Hidrocarburos, aprobada por el Congreso Nacional el pasado 30 de agosto, se establece que en un plazo de 60 días, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial, de Bolivia, YPFB debe establecer con claridad a que se refieren los costos.
Al respecto, cabe recordar que esa ley, en su artículo 4, sobre Costos Recuperables, especifica que: “El Poder Ejecutivo, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días, deberá emitir el Reglamento de Costos Recuperables, el mismo que establecerá las condiciones y parámetros para el reconocimiento y aprobación expresa de dichos Costos por parte de YPFB, siempre que éstos sean útiles, utilizables y utilizados”.
Además, el artículo 5, sobre Costos No Recuperables, explícita que: “De conformidad a lo establecido en los Contratos de Operación, son Costos No Recuperables el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas y el impuesto sobre remesas a beneficiarios del exterior”.
Transparencia
Finalmente, el artículo 6, sobre “Transparencia de la Información”, explica que. “Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos publicará semestralmente y con carácter oficial, en su página Web institucional y por escrito mediante comunicaciones oficiales, toda la información referida a los Costos Recuperables y al cálculo realizado para la determinación de la participación de YPFB y de las empresas petroleras en los beneficios de la actividad de hidrocarburos”.
Esa información –de acuerdo a los Anexos D, F y G de los Contratos de Operación suscritos entre YPFB y las empresas petroleras–, debe contener al menos para cada campo, con especificaciones de varios costos.
Un resumen de los mismos indica: Costos de personal de las empresas operadoras; Costos de movilización y desmovilización del personal; Costos de transporte y reubicación del personal; Costos de materiales; Impuestos, Regalías y Participaciones, Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), tasas, patentes, contribuciones y compensaciones e indemnizaciones; Diferencias de cambio; Protección al medio ambiente, seguridad industrial y salud ocupacional.
Además, de: Costos legales; Seguros, costos de administración y servicios; Depreciación de los activos fijos; Volúmenes de producción, precios e ingresos brutos de los hidrocarburos por cada componente (gas natural, líquidos, etc.) tanto para el mercado interno como externo; Inversiones realizadas
La misma Ley de Desarrollo Sostenible del Sector de Hidrocarburos establece que este sistema de información deberá ser implementado dentro de los ciento ochenta (180) días de la publicación de la presente ley.