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BIOLOGÍA

Seguridad y soberania alimentaria

Segunda parte


La Soberanía Alimentaria es el derecho de cada pueblo a definir sus propias políticas agropecuarias y alimentarias; es decir, no solo significa tener que llevar algo a la boca (Seguridad Alimentaria), sino que significa también que ese alimento sea sano, que no implique riesgos a la salud, al medio ambiente y a la biodiversidad, para así alcanzar metas de desarrollo sostenible, con una producción prioritariamente orientada a satisfacer los mercados locales y nacionales.

DATOS A CONSIDERAR SOBRE LA SOBERANÍA ALIMENTARIA Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

Tanto la soberanía alimentaria como la seguridad alimentaria son objetivos que ingresan en la narrativa constitucional, de manera trascendental y combinada para el Estado boliviano. En el marco de la promoción del derecho a la alimentación, la FAO, llevó a cabo campañas de orientación voluntarias para que los países logren alcanzar su seguridad alimentaria.

Cabe hacer notar que por diferentes factores del macro entorno como los tratados de libre comercio siempre otorgan ventajas más apreciables para los países desarrollados que para los que están en vías de desarrollo como el nuestro.

Por tal razón en contraposición a la seguridad alimentaria, y sobre todo a la tendencia de que esta meta conlleve a favorecer intereses foráneos, surgió el concepto de soberanía alimentaria. Este concepto fue propuesto por la organización internacional La Vía Campesina, creada en 1993 en Bélgica. A diferencia de la seguridad alimentaria, el concepto de soberanía alimentaria, además de ser una meta, consiste en una propuesta clara y contestataria del orden económico mundial.

La propuesta consiste en fortalecer la economía campesina (producción agraria familiar, pequeña producción y producción comunitaria), para hacer frente a la transnacionalización de la economía agrícola. La principal reivindicación de los países y organizaciones miembros de la Vía Campesina era y continúa siendo, el derecho de los pueblos a producir su propia alimentación.

Ambos objetivos, tanto la seguridad alimentaria como la soberanía alimentaria ingresan en la narrativa constitucional combinados y no contrapuestos. Es decir, que ambos propósitos pueden combinarse si se entiende al primero como la meta (combatir el hambre de la población), y el segundo como el medio o los procedimientos (a través de la producción local y el potenciamiento de las diversas formas de organización de la agricultura existentes en el país).

Es necesario aclarar que no puede pensarse en seguridad alimentaria si no es a partir de la soberanía alimentaria. Este razonamiento, establecido en el texto constitucional, apunta a lograr la seguridad alimentaria a través del fomento, la promoción y la protección de la producción local.

 
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