Datos de boca de urna sólo desde las 20.00 horas del día de votación


El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó ayer que en la Ley de Régimen Electoral, para la elaboración de encuestas y estudios de opinión en materia electoral, se establece que las empresas que deseen dar resultados de boca de urna el día de la votación deberán hacerlo a partir de las 20.00 horas.

Respecto a la publicación de encuestas preelectorales o de opinión en materia electoral, el TSE recuerda a las empresas que ya pueden realizar esta actividad desde el 15 de julio pasado hasta el 5 de octubre, es decir siete días antes del día de la votación del 12 de octubre.

"Datos de boca de urna o de conteos rápidos a partir de las 20.00 PM del día de la votación. Deben ser presentados en todo tiempo de difusión como resultados no oficiales", indica uno de los puntos del reglamento, informó ANF.

Asimismo, esta normativa indica que los criterios técnicos de cualquier encuesta que se realice en el periodo preelectoral debe ser enviado al Servicio de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) si el alcance de la encuesta es nacional, en caso de que su alcance sea departamental o municipal se debe remitir los resultados a los Tribunales Departamentales Electorales (TDE).

El objetivo de esta actividad es que el ente electoral regule y fiscalice la realización y difusión de los estudios preelectorales, por lo que esta información debe ser presentada diez días antes de la ejecución.

El mes de mayo pasado el TSE informó que se habilitó a diez empresas para que realicen encuestas preelectorales en todo el país, las cuales son: Radio Fides Servicios SRL, Captura Consulting, Ipsos, Equipos Mori y Ruismier Consulting Recept SRL.

También están las empresas Tal Cual Comunicación Estratégica SRL, Illimani Comunicaciones ATB, Instituto de Investigaciones Sociológicas (IDIS), Real Data SRL y Focaliza SRL.

 
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