Bolivia, 4 de febrero de 2010
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Aplauden decreto contra conductores ebrios

DECRETO PRETENDE MEJORAR CONTROL Y SANCIONES CONTRA CHOFERES EN ESTADO DE EBRIEDAD.

• Sectores sociales proponen modificación del Código de Tránsito para que no sólo se paguen con el SOAT, los casos de accidentes con muerte, sino también responsables sean enviados a la cárcel.

La Secretaria de Prensa de la Federación de Juntas Vecinales (Fejuve), Bertha Palma, destacó la promulgación del Decreto Supremo 420, aprobada en reunión de Gabinete. La organización vecinal rechaza el paro del sector de choferes de 48 horas, anunciado para el martes y miércoles, de la próxima semana.

La dirigencia vecinal califica a los conductores ebrios como los principales responsables de los accidentes de tránsito que generaron el fallecimiento de 77 pasajeros y más de 217 heridos, hechos que desintegran el principal núcleo, generando el abandono de 200 menores, en familias compuestas por tres miembros.

Lamentan que si bien existen diferentes hechos que ocasionan los accidentes de tránsito, pero se rescata la determinación gubernamental, de sancionar actos personales como es el consumo de bebidas alcohólicas que conlleva a cometer el delito de conducir en estado de ebriedad y terminar en un accidente de tránsito.

MODIFICACIÓN

Por su parte, Ramiro Lucero, dirigente de sector de salud y acreditado a la Central Obrera Regional de El Alto (COR), propone la modificación del Código de Tránsito con la finalidad de reglamentar de manera permanente las sanciones en contra de los conductores en estado de ebriedad.

“En anteriores años, los conductores que causaban muerte por accidente de tránsito eran enviados a la cárcel, mientras que ahora sólo pagan con el Seguro contra Accidentes de Tránsito (SOAT) y vuelven a manejar sus vehículos sin ninguna sanción”, señala el dirigente.

Lucero observa que un decreto, si bien es un importante avance, no deja de ser coyuntural, por lo que solicita al Gobierno la modificación de la norma utilizada desde 1977.

SANCIONES

El secretario Ejecutivo de la Federación de Choferes en la ciudad de El Alto, Wálter Alborta, a tiempo de reconocer que el decreto podría afectar más a conductores del transporte interdepartamental, provincial e internacional, que a los conductores del transporte urbano, aseguró que existen responsabilidades en otras áreas como Tránsito y Caminos, que están involucrados en el tema de accidentes en las carreteras.

La normativa establece que el conductor que cometa accidente de tránsito en estado de ebriedad, será sancionado con la revocatoria de la licencia de conducir, mientras que el propietario del vehículo será suspendido un año y la empresa donde se realicen los servicios será sancionada por 30 días hábiles.

En caso de registrarse reincidencia en el delito, la suspención de la empresa será de manera indefinida.

En el segundo caso, cuando se sorprenda a conductores en estado de ebriedad sin que produzcan accidente de tránsito, la norma establece que los conductores serán suspendidos de manera indefinida, los propietarios del vehículo sancionados por 30 días y en casos de reincidencia hasta la suspención indefinida, mientras que las empresas de viaje podrían ser sancionadas de un día, 10 días hasta 30 días de suspensión en sus operaciones.

Finalmente, entre las prohibiciones establecidas por el Decreto, está el transporte de carga, pasajeros en la parte central, desvío de carretera y el incumplimiento de horarios.

 


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