Impondrán uso de turbante para trabajar en hospital Irán
Iraníes vulneran normas constitucionales para contratación de personal femenino para centro de salud, quienes deben usar turbantes. |
• La responsable administrativa del hospital, Nadia Pou Munt, aseguró a EL DIARIO, que las empleadas bolivianas deberán trabajar diariamente con el turbante, respetando parte de la cultura iraní.
• Costo de financiamiento obliga a pérdida de identidad de mujeres bolivianas.
Las profesionales mujeres que serán contratadas para trabajar en el hospital Irán, deberán utilizar turbantes desde el inicio de sus actividades prevista para enero de 2010. La imposición es criticada por sus colegas médicos frente al pisoteo de los Derechos Humanos de 60 trabajadoras y la propia Constitución Política del Estado (CPE).
Las mujeres profesionales en salud, se encontraban en un pequeño sector donde aguardaban la inauguración del hospital, el mismo que registraba un retraso de más de dos horas, pero ellas debían quedarse viendo sólo el canal estatal, para presenciar el acto público por el tiempo en que disponga la administración iraní.
Consultada una de las trabajadoras por EL DIARIO, quien prefirió mantener en reserva su nombre por temor a represalias, asegura que en la entrevista personal con Nadia Pou Munt, la misma sostuvo que la contratación de médicos, enfermeras y personal de servicio, deben utilizar un “turbante”, como requisito para ser contratadas.
“Yo tengo hijos y soy licenciada en enfermería. Nos han mencionado que si queríamos ser contratadas en el hospital deberíamos utilizar turbante y bueno, yo no entiendo que significa, pero como necesito el trabajo, no tenemos otra opción”, lamentó la profesional boliviana.
La responsable administrativa de mujeres a cargo de Nadia Pou Munt, aseguró a EL DIARIO, que las empleadas bolivianas deberán trabajar diariamente con el turbante, respetando parte de la cultura iraní, “bajo el concepto de que esto es como un pedazo de Irán en Bolivia. Nosotros antes de realizar la entrevista consultamos si estaban de acuerdo con las normas y todos han estado de acuerdo”, aseveró la entrevistada.
La determinación de imponer el uso de turbante que pertenece a una religión islámica, viola el precepto constitucional vigente y que no tiene ninguna relación con las 36 nacionalidades del país, o la determinación de respeto a la libertad de culto, derechos humanos o el derecho al trabajo sin discriminación.
“Mañana (hoy), por ejemplo muchas mujeres efectúan una movilización contra la violencia, pero una forma de generar violencia contra las mujeres es imponerles una cultura foránea, vestimenta que sin respetar su extracción cultural, su individualidad como persona y profesional, se les condiciona a un trabajo y aceptan el uso de turbantes para conseguir un empleo, en una ciudad donde el desempleo ocupa más del 50%”, señaló Julio Mendoza profesional médico de ésta ciudad.
VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS
De acuerdo a Pou Munt, la religión islámica, establece que las mujeres deberán utilizar el turbante, de acuerdo a la interpretación de su libro religioso como es el Corán, “la mujer debe cubrir su figura para evitar sentimientos que no se quieren, sólo se deja al descubierto las manos, parte de los pies y el rostro”, indicó.
La determinación establecida por la administración del centro de salud iraní, atropella los derechos constitucionales como el Artículo 4, de la CPE que establece que “el Estado respeta y garantiza la libertad, religión y creencias espirituales de acuerdo a sus cosmovisiones”. En el Artículo 21, de los derechos civiles, en el parágrafo tercero y la sección III, que establece el derecho al trabajo y en su Artículo 46, señala “que toda persona tiene derecho al trabajo digno y sin discriminación”.
Por otra parte la declaración de las Naciones Unidas, sobre el Derecho de los Pueblos Indígenas, aprobadas en 2007, en su Artículo 12, establece que los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y proteger su religión, siendo esta labor responsabilidad de todo Estado.
Y finalmente, la propia declaratoria de los Derechos Humanos a nivel internacional, establece que ninguna persona deberá ser discriminada u obligada a asumir religiones que no le pertenezcan, siendo la libertad de culto, la que deberá respetarse en el territorio nacional de acuerdo a la Carta Magna.
“Sólo al interior de las embajadas extranjeras se debería asumir conductas políticas, culturales o religiosas de un país y no así en un centro de salud, por lo que esta imposición es una violación flagrante a los Derechos Humanos de las mujeres bolivianas”, concluyó Mendoza.