Bolivia, 25 de noviembre de 2009
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EL DIARIO

 

Empresas tienen 5 días para renovar su registro comercial

En noviembre vence el plazo para que las empresas puedan renovar su matrícula en el Registro de Comercio.

• Unidades económicas deben renovar su código de comercio en cumplimiento a las normas vigentes.

El 30 de noviembre vence el plazo para que las empresas puedan renovar su matrícula en el Registro de Comercio, de acuerdo con la resolución emitida por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) que anunció que ejercerá tareas de fiscalización a partir del 1 de diciembre.

“En la resolución 026/2009 señala que todas las actividades económico empresariales tienen la obligación de renovar su matrícula en el código de comercio para, nuevamente estar vigentes y tener el amparo, esta resolución señala que el 30 fenece el plazo para este registro”, afirmó el director de la AEMP, Oscar Cámara.

Explicó que a partir del 1 de diciembre empiezan los actos de fiscalización en las empresas que no se hayan registrado. Según el cronograma de la reguladora, del 1 al 15 de diciembre se harán las notificaciones exhortando a que cumpla con la disposición.

“De persistir las negativas, a partir del 15 vamos a entrar con las tareas de fiscalización que van derivar en sanciones económicas y en su caso con la cancelación de su matrícula comercial de funcionamiento”, afirmó Cámara.

Explicó que la resolución es para todas las actividades empresariales; sociedades anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, empresas unipersonales, comanditas o sociedades conformadas en el exterior que están registradas en FUNDEMPRESA.

“Según una información preliminar de Fundempresa estamos entre el 70 y el 80 por ciento pero prevemos que un 10 por ciento se va resistir. Pero tenemos señales que la mayoría cumple”, explicó la autoridad.

El Gobierno inició el 28 de agosto y el 9 de septiembre la fiscalización de las empresas pequeñas, medianas y grandes mediante la actualización de su matrícula de funcionamiento en el Registro de Comercio y el Registro Nacional de Empleadores en el Ministerio de Trabajo con fines laborales. Esta disposición busca controlar que todas las unidades económicas cumplan las normas vigentes de orden comercial y de protección a los trabajadores.

Con esta finalidad el Ejecutivo emitió el Decreto Supremo 288, del 9 de septiembre de 2009, que obliga bajo pena de sanción a todas las empresas, sean éstas sociedades anónimas, unipersonales e incluso públicas a inscribir a sus trabajadores en el Ministerio de Trabajo hasta el 15 de diciembre de este año. Esta disposición, antes de la vigencia del decreto, tenía carácter voluntario, pero ahora se sancionará el incumplimiento.

 


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