Bolivia, 30 de octubre de 2009
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Derecho a la libertad de opinión y expresión

Eric Cárdenas del Castillo

El incumplimiento del gobierno del Movimiento Al Socialismo, de la disposición de la Corte Nacional Electoral para que el candidato a la vicepresidencia de un frente electoral, que se encuentra detenido preventivamente, pueda ejercer su derecho a emitir mensajes a través de los medios de comunicación, en su condición de detenido y candidato, nos muestra una vez más que la vocación autoritaria del Gobierno no tiene límites, pues también incumple resoluciones de la Corte Suprema de Justicia y de otras instancias del órgano judicial, lo que en doctrina se conoce como un Gobierno que está al margen del “estado de derecho”, donde gobernantes y gobernados están sujetos al cumplimiento de las leyes.

Las normas del Código de Procedimiento Penal, de Ejecución de Sentencias y los reglamentos sobre privación de libertad en los recintos carcelarios con claridad meridiana disponen que los derechos humanos, civiles y políticos de los privados de libertad provisionalmente, están garantizados y más aún, disponen que pueden acceder a tener contacto con los medios de comunicación, con su consentimiento.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 19 dice: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión...”, y la Carta Democrática Interamericana dispone en su artículo 7: “La democracia es indispensable para el ejercicio efectivo de las libertades fundamentales y los derechos humanos...” y en el artículo 8 reza: “Los Estados miembros (en este caso Bolivia) reafirman su intención de fortalecer el sistema interamericano de protección a los derechos humanos...”. En nuestra economía jurídica, la Constitución Política aprobada en referéndum en enero de este año, y redactada por los asambleístas y asesores del MAS, en su artículo 73 dice: “Toda persona sometida a cualquier forma de privación de libertad será tratada con el debido respeto a la dignidad humana... Se prohibe la incomunicación...” y el artículo 22, inciso 5 de la letra expone: “A expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación, de forma oral o escrita...”, en referencia a los derechos civiles de la Sección I del Capítulo III.

No vamos a abundar en mencionar otras hormas internacionales e internas que consagran, como uno de los derechos civiles y humanos fundamentales del ser humano, la libre expresión de ideas, pensamientos por cualquier medio, que en el caso que comentamos resulta un flagrante atentado a los derechos elementales del candidato y preso político Sr. Leopoldo Fernández.

Las argumentaciones de los portavoces del Gobierno, como el Vicepresidente, Ministro de Defensa y otros subalternos, en sentido de que debe ser el juez que dispuso su detención quien resuelva sobre su derecho de libre expresión a través de los medios de comunicación, importa una interpretación forzada de las normas, conocida en la jerga abogadil como “chicana” y nos muestra la calidad de quienes la utilizan.

La iglesia Católica, por medio del portavoz del Cardenal, se pronunció en cuanto a que el Gobierno debe cumplir lo dispuesto por el órgano electoral, pues sabemos que en esta materia, la máxima instancia es el nivel nacional de la Corte y sus fallos pasan en autoridad de cosa juzgada y no pueden ser revisados ni apelados. También la candidata a primera senadora por el MAS, la periodista Ana María Romero de Campero, se pronunció por la vigencia de los derechos del candidato y detenido, pero el Gobierno una vez más impone la fuerza de su poder y no la razón de la Ley.

La conducta política del gobierno del MAS, en estos casi cuatro años de Gobierno, que han transcurrido en una permanente confrontación con las corrientes democráticas que defienden el “estado de derecho” y que han tenido un costo de más de seis decenas de muertos por la violencia política, nos demuestra su perfil dictatorial, pues el “uso y abuso de poder” es la nota destacable, frente a una oposición política partidista débil y la condena silenciosa de las clases medias a toda arbitrariedad y exceso de poder.

En 1982 se inició el período democrático en la entonces República de Bolivia, y en casi dos decenios y medio se construyó y fortaleció las instituciones republicanas, entre ellas la democracia como sistema de vida, con todas sus imperfecciones resultantes de un país pobre y subdesarrollado, pero este sistema de vida y gobierno de la sociedad se fue fortaleciendo, sin embargo con la llegada del proyecto indigenista-socialista al poder, el andamiaje republicano ha sido echado, para sobre sus ruinas construir otro, seguramente al estilo de la Cuba de Castro, pero con barniz indigenista.

Los ciudadanos que hemos contribuido a la construcción del sistema democrático, de libertades irrestrictas en el orden civil y político, siempre ajustadas al cumplimiento de las leyes, debemos -una vez más- en nuestra historia, luchar para que sean preservados los derechos fundamentales de los ciudadanos en un estado de derecho.

 



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