Contraloría realiza auditoría a carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos
Vista panorámica de la ciudad de Cochabamba. La región posee un proyecto para conectarse con la parte oriental, pero la misma tiene observaciones. |
La Contraloría General del Estado (CGE), realiza una auditoría a la adjudicación de la construcción de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos, contrato suscrito por la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), según información que brindó a la prensa el contralor, Gabriel Herbas Camacho.
La auditoría se inició a partir de la polémica en cuanto a los precios y a la modalidad “llave en mano”. En este momento existe ya una comisión encargada de la verificación de los datos.
“La comisión que ha ingresado en ABC lo ha hecho aproximadamente hace un mes atrás con la correspondiente solicitud de información para realizar su trabajo, seguramente en un mes, un mes y medio vamos a tener el informe correspondiente, va a llevar seguramente un tiempo todavía hacer las verificaciones correspondientes. A partir de ello la población podrá conocer los resultados”, manifestó la autoridad.
En esa misma línea complementó que “una obra llave en mano necesariamente implica muchas cosas (…) En todo caso el equipo técnico de la Contraloría hará la correspondiente verificación de costos estándar para una carretera de este tipo”.
Contrataciones Llave en Mano
De acuerdo con el artículo 59 del Decreto Supremo 29190, las contrataciones llave en mano podrán realizarse en proyectos donde sea racionalmente más económico que los estudios a diseño final, y la ejecución de obra sean otorgados a un mismo contratante.
Esa forma de contratación no exime ni libera del cumplimiento de las normas establecidas en el Sistema Nacional de Inversión Pública y las reglamentaciones correspondientes para la ejecución de proyectos de inversión pública, señala el acápite.
Además, para las contrataciones llave en mano con financiamiento del proponente, la determinación del precio evaluado más bajo incluirá la evaluación de la propuesta de financiamiento, según los criterios establecidos en el Artículo 58 de las Normas Básicas.