Caso Octubre Negro
Califican de “cobarde y canalla” a ex ministro Sánchez Berzaín
Ex presidente Gonzalo S ánchez de Lozada no se presentó a juicio por “octubre negro”. |
Santa Cruz, (Agencias).- El vicepresidente de Bolivia, Álvaro García Linera, calificó de “cobarde y canalla” al ex ministro de Defensa, Carlos Sánchez Berzaín, prófugo de la justicia boliviana y encausado por genocidio y quien desde Estados Unidos, donde obtuvo refugio, acusó, sin pruebas, al presidente Evo Morales de provocar la masacre de civiles en octubre de 2003.
“Es un canalla porque miente al pueblo (…) Es valiente para mandar a matar al boliviano y cobarde para asumir su responsabilidad ante el pueblo”, dijo en una rueda de prensa.
Agregó que Sánchez Berzaín, tristemente célebre conocido como el “Zorro”, incluso teme ser juzgado en la misma Corte Suprema que conformó su partido político y que después de casi seis años recién comenzó a sustanciar, la víspera, el enjuiciamiento del ex presidente Gonzalo Sánchez de Lozada (2002-2003) y una parte de su gabinete, sumariados por crímenes de lesa humanidad.
RECUSACIÓN
La Corte Suprema de Justicia resolverá hoy miércoles el recurso de recusación interpuesto por el ex ministro de Gobierno, Yerko Kúkoc, quien es uno de los coimputados en el juicio de responsabilidades contra el ex presidente Gonzalo Sánchez de Lozada y sus colaboradores.
Los abogados de Kúkoc, de quien se presume está en Brasil, presentaron una impugnación contra la totalidad de los miembros del Tribunal de Sentencia, lo que obligó a esa Corte a suspender temporalmente su competencia mientras no sea resuelta esa recusación, la segunda que se produce en el mismo caso.
Al igual que lo hizo la ex ministra de Participación Popular, Mirtha Quevedo, Kukoc cuestiona la conformación del Tribunal, compuesto en su mayoría por conjueces en el que intervienen solamente dos magistrados titulares. No obstante, esa recusación fue declarada improcedente.
El juicio de responsabilidades por el caso Octubre Negro, comenzó formalmente el lunes, en la cual el Tribunal declaró la rebeldía de los coimputados inasistentes a la audiencia, y además suspendió el proceso para los declarados rebeldes, interrumpiendo de esa forma el cómputo de la causa para resguardarla de su posible prescripción.